A pesar de que el Bando Municipal considera una falta administrativa el ejercicio del comercio ambulante y se encuentra regulada en esta disposición el aseguramiento de la mercancía del infractor, la detención del vendedor de ambulante de raspados –que tuvo una amplia difusión a través de Facebook- podría resultar una detención arbitraria, ya que la conducta del ciudadano al tirar su mercancía no infringe ninguna disposición del reglamento administrativo.
El caso ha tenido una gran difusión a través de redes sociales, que reportan que hasta el momento, que ha tenido más de 3 millones de reproducciones y ha sido compartido en la página de Facebook, generando cientos de comentarios, en los cuales se exponen las inconformidades de los toluqueños.
Derivado de los sucesos acontecidos en el Centro Histórico de Toluca, que fueron difundidos en las redes sociales, y que se relacionan al decomiso de la mercancía de un vendedor ambulante, por parte de inspectores de este municipio, la actuación de los servidores públicos de inspección se encuentra establecida en el Bando Municipal de la capital mexiquense.
El artículo 82, primer párrafo, fracción III del Bando Municipal establece como medida preventiva el aseguramiento o retiro de mercancías, productos, materiales o sustancias que se expendan en la vía pública, como parte del ejercicio de las atribuciones de vigilancia de las disposiciones legales, otorgadas a la autoridad municipal, cuando se constaten actos u omisiones que las vulneren o que se realicen en contravención a la legalidad.
Asimismo, el párrafo tercero del citado artículo determina que cuando el aseguramiento o retiro de mercancía derive del ejercicio de una actividad comercial que no cuente con permiso, los bienes quedarán a disposición de la Unidad de Verificación Administrativa, quien podrá liberarlos conforme a este Bando y al Código Reglamentario Municipal.
Para ello –establece el ordenamiento-, en materia de comercio, deberá indicarse al infractor que podrá solicitar la inmediata calificación de la infracción ante la Oficialía Calificadora competente y, efectuado su pago, sin mayor trámite, se le devolverán sus pertenencias aseguradas.
No obstante, la conducta producida por la molestia del vendedor, al tirar su mercancía para que no le fuera decomisada, no contraviene disposición alguna de tipo administrativo.
A consecuencia de su acción, el ciudadano fue detenido -al parecer de manera arbitraria- por elementos de seguridad pública municipal, ante la molestia de los transeúntes, sin que existiese motivo legal o administrativo alguno; el hecho fue motivado por los inspectores que dieron la indicación a los elementos policiales.
Como ha ocurrido en ocasiones anteriores, la red social Facebook está siendo usada como plataforma de denuncia ciudadana, en la que se pretende exponer sólo la falta de empleo, la inseguridad, las arbitrariedades cometidas por algunos servidores públicos de todos los niveles, y especialmente las actitudes de prepotencia adoptada por aquellas personas encargadas de dar un servicio al ciudadano.


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