Cámara de Diputados: el poder de la mayoría

Toluca, México; 18 de julio de 2018. México es una república presidencialista democrática con división de poderes en Ejecutivo, Legislativo y Judicial, misma partición que se replica en las 32 entidades que conforman a la federación. No obstante, las atribuciones del Legislativo mexiquense son poco claras para la mayoría de la población del estado. ¿Para […]

Toluca, México; 18 de julio de 2018. México es una república presidencialista democrática con división de poderes en Ejecutivo, Legislativo y Judicial, misma partición que se replica en las 32 entidades que conforman a la federación. No obstante, las atribuciones del Legislativo mexiquense son poco claras para la mayoría de la población del estado. ¿Para qué sirven los diputados, qué hacen, cuáles son sus atribuciones?

El poder Legislativo del Estado de México es la asamblea o grupo de representantes ciudadanos que tienen como función básica la potestad de hacer y reformar leyes para el territorio al que representan. En el Estado de México hay 45 distritos electorales, que son divisiones políticas en las que se basa el IEEM para la realización de conteos de boletas en tiempo de elección, y el estado para la conformación del Congreso.

Como representantes populares, los diputados tienen la función de llevar a la Legislatura las propuestas de sus representados para mejorar cualquier ámbito de desarrollo social, económico, educativo, o político a la Cámara de Diputados para que se transformen en proyectos de ley y sean aplicados de facto por el poder Ejecutivo del estado.

En la entidad hay 45 diputados representantes de los distritos electorales, que acceden a la Cámara por mayoría de votos en elecciones. A la par, hay 30 que acceden al puesto por la vía de la representación proporcional de acuerdo con el principio de primera minoría, siendo el segundo partido con más votos el que accede al un puesto en el Legislativo estatal.

El Congreso mexiquense es unicameral, integrado sólo por la Cámara de Diputados. Sus antecedentes se remontan a la “Ley para establecer las legislaturas constituyentes particulares de las provincias que han sido declaradas los estados de la federación”, decreto publicado por el primer mandatario mexiquense, Melchor Múzquiz, en 1824.

Pero las atribuciones del Legislativo del Estado de México no sólo se reducen a legislar y formular leyes para la gente. Tiene poder sobre las competencias de los otros dos poderes, el Ejecutivo y el Judicial, y por el aval del Congreso se gestionan temas trascendentes como la aprobación del presupuesto, la fiscalización del estado y municipios, y la creación o supresión de municipios.

 

Atribuciones

  • Expedir leyes, decretos y acuerdos.
  • Convocar a elecciones extraordinarias y ordinarias.
  • Designar a gobernador y alcaldes interinos o sustitutos.
  • Conceder facultades extraordinarias al gobernador.
  • Designar a funcionarios electorales y nombramientos de magistrados del Tribunal Superior de Justicia y Tribunal de Justicia Administrativa.
  • Revisar la fiscalización de las cuentas públicas de los municipios y del estado del año anterior.
  • Establecer los salarios mínimos en la entidad.
  • Revisar la aplicación de los fondos públicos del estado y municipios, así como los asignados por el gobierno federal.
  • Autorizar actos jurídicos de transmisión del dominio de los bienes inmuebles del estado y municipios.
  • Autorizar al gobernador para que salga al extranjero cuando la ausencia sea mayor a 15 días.
  • Aprobar los endeudamientos del estado y municipios.
  • Conceder amnistías de competencia con tribunales del estado.
  • Aprobar los convenios del estado respecto a límites territoriales. Fijar los límites del estado.
  • Retirar fuero constitucional a servidores públicos.
  • Aprobar la creación o eliminación de ayuntamientos.
  • Trasladar a otro lugar la capital del estado.
  • Aprobar la creación de zonas metropolitanas entre dos o más municipios.
  • Convocar a consultas populares.
  • Nombrar a los comisionados de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales.
  • Ratificar los nombramientos del gabinete del gobernador, con excepción del ramo de Seguridad Pública.

 

Funciones

Realizar investigaciones en las vertientes social y de opinión pública. Integración de base de datos en materia social y de opinión pública. Difusión del trabajo legislativo. Establecer relaciones con instituciones académicas para la promoción de las funciones legislativas.

La presente Legislatura (LIX) está conformada de la siguiente manera:

  • PRI: 33 diputados.
  • PAN: 12 diputados.
  • PRD: 12 diputados.
  • Morena: 6 diputados.
  • PES: 3 diputados.
  • MC, PT, PVEM, Panal: 2 diputados.
  • Independiente: 1 diputados.

La siguiente Legislatura (LX) entrará en funciones a partir del mes de septiembre del presente año. Habrá reacomodo de fuerzas y la hasta ahora oposición será mayoría en el Congreso. Estará conformada de la siguiente forma:

  • Morena: 31 diputados.
  • PT: 11 diputados.
  • PRI: 11 diputados
  • PES: 10 diputados.
  • PAN: 7 diputados
  • PRD: 3 diputados
  • PVEM: 2 diputados.