Caso “Canelita” en Galerías Toluca: las consecuencias legales del maltrato animal

La muerte de “Canelita”, generó indignación en Toluca y abrió la puerta a sanciones por maltrato animal en el Estado de México.
octubre 13, 2025


La muerte de “Canelita”, una perrita preñada que cayó del segundo piso de Galerías Toluca tras ser perseguida por guardias de seguridad, generó indignación en Toluca y abrió la puerta a sanciones penales, civiles y administrativas por maltrato animal en el Estado de México.


Hace una semana, una perrita callejera conocida como “Canelita” buscó refugio de la lluvia en el estacionamiento del centro comercial Galerías Toluca.

De acuerdo con testigos, la perrita fue acorralada por elementos de seguridad privada, lo que provocó que cayera del segundo piso y muriera minutos después. La perrita estaba embarazada, lo que agravó la indignación social y reavivó el debate sobre la falta de protocolos de protección animal en espacios privados.

Una ciudadana a través de redes sociales, intentó auxiliar a “Canelita” presentando una denuncia penal con base en el interés legítimo. Además, el hecho generó una afectación moral colectiva, por lo que podría promoverse una acción civil por daño moral contra los responsables, considerando el impacto emocional y la indignación pública.

Fotografía: Foto tomada de «Canelita» / Redes Sociales

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Posibles consecuencias penales

El Código Penal del Estado de México establece que quien cause la muerte o sufrimiento a un animal doméstico o silvestre sin justificación enfrenta de tres meses a seis años de prisión, además de multas de 50 a 400 días.

El artículo 235 Quáter agrava las penas cuando el animal muere como consecuencia del maltrato, aumentando la sanción hasta en una mitad.

En este caso, existen elementos de acción dolosa o negligente, contra un animal vulnerable y gestante, lo que podría derivar en una carpeta de investigación penal por maltrato animal con resultado de muerte.

Responsabilidad del centro comercial y la empresa de seguridad

Más allá de la acción del guardia, el centro comercial Galerías Toluca y la empresa de seguridad contratada podrían ser señalados como responsables por omisión y falta de protocolos humanitarios.

La Ley de Protección a los Animales del Estado de México establece que:

  • Está prohibido causar sufrimiento innecesario a los animales (Art. 4, fracción XII).
  • Toda persona o empresa debe garantizar trato digno y respetuoso hacia los animales (Art. 6).
  • Las autoridades municipales pueden imponer sanciones administrativas (Art. 57).

El Ayuntamiento de Toluca podría aplicar multas de hasta 5,000 UMAs (más de $500,000 MXN) por crueldad animal, mientras que la Secretaría de Seguridad del Estado de México puede sancionar a la empresa privada por abuso o falta de capacitación del personal.

Fotografía: Imagen ilustrativa de Galerias Toluca

Acciones legales posibles

Entre las medidas concretas que pueden tomarse se encuentran:

  • Denuncia penal ante la Fiscalía General de Justicia del Estado de México (FGJEM) en el área de Delitos Ambientales y Contra la Fauna.
  • Queja administrativa ante la Dirección de Medio Ambiente de Toluca.
  • Informe o exhorto al Instituto de Seguridad Privada del Estado de México por la actuación del personal.

Un vacío en la protección animal

El caso de “Canelita” evidencia la ausencia de protocolos claros para proteger animales callejeros en espacios privados de acceso público.

De acuerdo con los principios del bienestar animal y derechos de los seres sintientes, reconocidos por la jurisprudencia mexicana, Galerías Toluca debió implementar un protocolo de contención no violenta y contactar a protección animal o bomberos.

Este caso podría marcar un precedente legal y social en la forma en que se manejan situaciones de animales vulnerables en entornos urbanos.

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