Lo que a continuación se da a conocer es una denuncia pública en contra del presidente del Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje del Estado de México (TECA), que a todas luces puede constituir un acto claro de violación a la ley, por retardar el proceso que debe proteger al trabajador de los agravios que comete la Secretaría de Educación Estatal, entre otras instancias que así lo hacen, configurando en su actuación lo expresado por el ex presidente Zedillo, respecto a que “la justicia tiene un precio y eso es una tragedia”, que en verdad lo es para los trabajadores que no contamos con los medios para agilizar el proceso.
El TECA resuelve demandas laborales, un proceso que de manera general inician con la presentación de un escrito de demanda ante oficialía de partes de ese tribunal, continuando con el emplazamiento a la demandada, quien contestará en un plazo de diez días, posteriormente se señala una audiencia de conciliación, ofrecimiento y admisión de pruebas, complementado por una etapa de desahogo de las mismas, finalizando con la presentación de alegatos y la declaración de cierre del juicio, terminando el proceso con el dictado del laudo o sentencia por el pleno del tribunal (integrado por “ilustres representantes” de instancias, con el presidente del TECA y su secretario que da fe) que se supone determinan conforme a derecho, lo que no siempre ocurre.
Este proceso por lo regular tarda entre un año y dos, al no respetar el TECA los tiempos que le marca la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios, ley que rige su actuar.
Sin embargo y extralimitándose en los términos, no es concebible que una demanda iniciada en 2008, registrada en el expediente 550 de esa anualidad, haya tardado el TECA seis años en emitir el laudo de fecha veinticuatro de octubre de dos mil catorce, dictado incluso posterior a la reinstalación del trabajador en su centro laboral en fecha veintiuno de marzo del presente año y sin hacer cumplir a la fecha el pago de los salarios que debe cubrir la Secretaria de Educación, sin proteger al agraviado, contrario a su obligación legal, genera obstáculos con argumentos legaloides para retardar y causar daño al trabajador, comprobable en el expediente en comento, colocando en riesgo la subsistencia del docente.
La misma lógica aplica a los expedientes 49, 150 del año dos mil doce, 326, 435, 755, 820 de dos mil catorce, claro existen expedientes que datan de años anteriores, que no terminan el proceso.
Un caso contrario, con trato altamente preferencial se encuentra en el expediente 905 de este año, iniciado hace dos meses, con fuerte olor a tráfico de influencia y probable corrupción como es notorio por los tiempos de resolución; vea Usted, en un acuerdo dictado el treinta de octubre y publicado el 4 de noviembre de 2014 en dicho expediente, el TECA otorgó las cuarenta y ocho horas establecidas para presentar alegatos, con lo que se cierra el juicio y seguramente en este mismo mes dictará el laudo. ¡Tiempo record!, solo tres meses en promedio para dictar sentencia; de qué privilegios goza quien entabló la demanda, cuánto ha pagado para terminar su proceso en este plazo o quién es su padrino.
En estas actuaciones inequitativas, surgen preguntas obligadas para el presidente del TECA, ¿cuánto cuesta cumplir con la aplicación pronta y expedita de la ley en el tribunal que encabeza?, ¿por qué no da el mismo trato a todas las demandas?, ¿qué interés tiene en retardar algunos juicios laborales?, cuando agravia a un trabajador en el proceso emitiendo acuerdos contrarios a derecho, ¿lo hace por mutuo propio o por acatamiento a indicaciones “superiores”?, ¿hay ética legal en estas actuaciones?, ¿cuál es su concepto de impartición de justicia? y muchas preguntas más, pero por el espacio del escrito dos cuestionamientos finales, ¿en qué institución estudio su licenciatura?, con esta actuación ¿da prestigio a esa institución?, son preguntas, quedamos en espera de sus respuestas.


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