La desaparición de un familiar es una emergencia donde cada minuto es vital. Sin embargo, durante años ha persistido el peligroso mito de que los familiares deben esperar 24, 48 o hasta 72 horas para que las autoridades acepten el caso. Esta desinformación retrasa las acciones de las autoridades durante las primeras horas de ausencia, las cuales son estadísticamente las más críticas para la pronta localización de la víctima.
La legislación actual obliga a las autoridades a actuar de inmediato. El Estado de México cuenta con mecanismos de reacción a través de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México (FGJEM) y la Comisión de Búsqueda de Personas del Estado de México (COBUPEM). Es importante aclarar que contrario a la creencia popular, no existe ningún tiempo de espera legal; la denuncia se puede y debe levantar en el momento exacto en que se sospecha que la integridad de la persona está en riesgo o se desconoce su paradero.
Pasos para iniciar la búsqueda
Si no logras localizar a tu familiar, este es el protocolo de actuación que debes seguir:

• Reporte inicial (vía telefónica): llama de inmediato al 911, a la línea sin costo de la Fiscalía (800 89 029 40) o a la COBUPEM (800 216 0361) para generar un folio de atención temprana.
• Acude a la autoridad: dirígete a la agencia del Ministerio Público más cercana a tu domicilio o al lugar donde la persona fue vista por última vez.
• Apertura de la Carpeta de Investigación: narra los hechos al servidor público para que se inicie formalmente la carpeta de investigación y se giren los primeros oficios de búsqueda a hospitales, SEMEFOs y corporaciones policiales.
• Activación de boletines: durante la misma denuncia, exige la emisión inmediata de la ficha de búsqueda. Dependiendo del perfil de la víctima, se activará el Boletín Odisea (para el público en general), la Alerta Amber(si es menor de edad) o el Protocolo Alba (si es niña, adolescente o mujer).
Requisitos para el trámite
Para agilizar la elaboración de los boletines oficiales y la carpeta de investigación, es fundamental presentar al Ministerio Público la siguiente información:
• Identificación oficial vigente de la persona que levanta la denuncia.
• Una o varias fotografías recientes de la persona desaparecida (claras, a color, sin filtros y donde el rostro sea plenamente visible).
• Descripción física detallada: estatura, peso, complexión, tono de piel, y señas particulares inconfundibles (tatuajes, cicatrices, lunares, prótesis o padecimientos médicos).
• Descripción precisa de la última vestimenta que portaba (ropa, calzado y accesorios).
• Relación exacta de los hechos: última ubicación conocida, hora de desaparición, a dónde se dirigía y, de ser el caso, si iba acompañada o a bordo de algún vehículo (proporcionar placas y modelo).

Recomendaciones
Al momento de difundir la ficha de búsqueda oficial en redes sociales como Facebook o X, nunca incluyas tu número telefónico personal ni el de tu familia. Utiliza única y exclusivamente los teléfonos de contacto institucionales de la Fiscalía y la COBUPEM impresos en el boletín.
Lamentablemente, existen redes de extorsionadores que rastrean estas publicaciones para llamar a las familias, asegurar falsamente que tienen a la víctima secuestrada y exigir depósitos bancarios, aprovechándose de la vulnerabilidad y el dolor del momento. Por último, solicita siempre una copia de tu Carpeta de Investigación y mantén comunicación constante con el Ministerio Público asignado a tu caso.


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