Aprueban crear un registro para deudores alimentarios y dejarlos sin licencia si no pagan

Aprueban crear un registro para deudores alimentarios y dejarlos sin licencia si no pagan
Su implementación y operación estará a cargo del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF)

El Pleno del Senado de la República aprobó la creación del Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias que facilitará información sobre padres deudores alimentarios e impondrá ciertas restricciones en sus trámites.

Por unanimidad, con 86 votos a favor, los senadores aprobaron la reforma a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Previamente, la avaló la Cámara de Diputados; ahora, se turnó al Ejecutivo federal para su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo funcionará?

El Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias será un órgano auxiliar del Consejo de la Judicatura Federal. Tendrá como objetivo identificar a deudores y acreedores de obligaciones alimentarias.

Su implementación y operación, a cargo del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF), iniciará 300 días hábiles después de que entre en vigor el decreto.

Se conformará por una base de datos con la información que proporcione el Poder Judicial de la Federación.

Las autoridades de los tres niveles de gobierno serán responsables de establecer como requisito la presentación del certificado de no inscripción en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias.

¿Qué establece el Registro de para deudores alimentarios?

Los padres deudores no podrán tramitar su pasaporte, licencia de conducir y tampoco participar por cargos de elección popular ni casarse si no cuentan con dicho certificado.

De acuerdo con el Instituto Nacional de Estadísticas y Geografía (INEGI), de cada 10 parejas separadas, 7 padres no cumplen con la pensión alimentaria.