En cumplimiento a la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México y por decisión unánime de sus integrantes, el Magistrado Fernando Díaz Juárez presidirá el Órgano de Administración Judicial para el periodo 2025-2027.
Así se determinó en sesión del Órgano integrado por las Magistradas María Alejandra Almazán Barrera y María del Refugio Elizabeth Rodríguez Colín; los Magistrados Pablo Espinosa Márquez, Hernán Mejía López y el propio Díaz Juárez.

El acto fue atestiguado por la Presidenta del Tribunal de Disciplina Judicial, Magistrada Maricela Reyes Hernández, y el Presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México, Magistrado Héctor Macedo García, quien tomó protesta al titular electo y al Secretario Técnico del Órgano, Ricardo Ramírez Mercado.
De acuerdo con el Artículo 116 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México, la Presidenta o Presidente del Órgano de Administración Judicial será designado por el voto mayoritario de sus integrantes y durará en su encargo dos años, al término de los cuales la presidencia se renovará de manera rotatoria.

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Este Órgano tiene a su cargo la conducción de la carrera judicial y administrativa: desde la determinación de competencias y especialización de tribunales, juzgados y salas, hasta la evaluación, ingreso, formación y permanencia del personal. Asimismo, supervisa el cumplimiento de normas y el funcionamiento administrativo con plena independencia técnica y de gestión.
Con la designación de su titular, el Órgano de Administración Judicial queda cabalmente integrado para trabajar en la continuidad de las tareas de fortalecimiento institucional y asegurar que la vida interna del PJEdomex mantenga un rumbo ordenado, transparente y apegado al marco legal.

La importancia del OAJ
La reforma judicial del Edomex eliminó al Consejo de la Judicatura, que antes concentraba administración, disciplina y presupuesto. Ahora esas funciones se reparten en distintos órganos.
El OAJ quedó como responsable de diseñar y gestionar el gasto del Poder Judicial. Está integrado por cinco miembros con encargo de seis años, sin posibilidad de reelección: tres designados por el Pleno del TSJEM, uno por el Congreso local y uno por el Ejecutivo estatal. Su presidencia es rotativa cada dos años.
De acuerdo con el artículo 111 Bis de la Constitución del Estado de México, este órgano elabora el anteproyecto presupuestal y lo envía al Ejecutivo para su inclusión en el paquete de egresos. En 2025 administrará más de seis mil millones de pesos, lo que lo convierte en un espacio decisivo en la política judicial.
Claves de la nueva Ley Orgánica del Poder Judicial sobre el OAJ
- ¿Quién los nombra?
5 integrantes: 3 designados por el Pleno del TSJEM, 1 por el Congreso y 1 por el Ejecutivo. - ¿Cómo se eligen los 3 del Poder Judicial?
La Presidencia del TSJEM propone y el Pleno aprueba con votación calificada de dos tercios. - ¿Plazos para nombramientos?
El Transitorio Séptimo indica que, tras la toma de protesta del Presidente del TSJEM, el Pleno debe nombrar a los 3 integrantes en un plazo de 3 días hábiles. Se notifica al Ejecutivo y al Congreso para completar sus designaciones y poner en marcha al OAJ.


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