No habilitar el Buzón Tributario del Servicio de Administración Tributaria (SAT) puede derivar en multas que van de 3 850 a 11 540 pesos. Así lo establece la Miscelánea Fiscal 2026, que considera esta omisión como una infracción, al igual que no registrar o no actualizar los medios de contacto ante la autoridad fiscal.
La aplicación de estas sanciones estaba prevista para entrar en vigor el 1 de enero de 2026. Sin embargo, el SAT decidió posponerlas hasta 2027.
La prórroga ofrece un respiro a miles de contribuyentes que aún no completan el proceso de activación de esta herramienta, clave en la comunicación fiscal.

¿Para qué sirve el Buzón Tributario?
El Buzón Tributario es el canal oficial mediante el cual el SAT notifica actos administrativos y envía mensajes de interés fiscal.
A través de esta vía, los contribuyentes reciben promociones, avisos y requerimientos de información. Así como invitaciones a programas para el cumplimiento de obligaciones.
Cuando un contribuyente no habilita el Buzón, la autoridad entiende que se opone a recibir notificaciones por este medio. Esto puede tener consecuencias legales y administrativas.
Además, se pierden facilidades para enviar y recibir información relevante en materia fiscal.

¿Cómo se habilita el Buzón Tributario?
El procedimiento varía según el tipo de contribuyente:
- Las personas morales deben contar con su e.firma para activar el Buzón Tributario.
- Las personas físicas pueden hacerlo con e.firma, e.firma portable o Contraseña.
Ingresa a sat.gob.mx y da clic en Buzón Tributario («B») y accede con la contraseña o e.firma vigentes . Además, los contribuyentes deberán llenar un formulario de medios de contacto.
Se requiere de al menos un correo electrónico y un número de teléfono móvil. Posteriormente, se confirmarán los medios de contacto utilizando un vínculo enviado por correo o código que llegará vía mensaje SMS.
Aunque las multas aún no se aplicarán, el SAT insiste en que la habilitación del Buzón Tributario es una obligación vigente.
Activarlo a tiempo puede evitar sanciones futuras y facilitar la comunicación con la autoridad fiscal.

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