Toluca, Méx.- A partir de este lunes, el Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) empezó a recabar la documentación de los ciudadanos interesados en participar en el procedimiento de selección para integrar los 45 Consejos Electorales Distritales que se instalarán para atender, en el marco de sus funciones y atribuciones, lo relativo a la organización, desarrollo y vigilancia del Proceso Electoral Ordinario 2016-2017.
El organismo informó que este operativo institucional es debidamente coordinado por la Dirección de Organización del Instituto, el cual se desplegará con el apoyo de servidores públicos electorales de cada una de las áreas del IEEM a lo largo de la entidad a través de 27 sedes, desde este lunes 12 hasta el 23 de septiembre de 2016, de lunes a sábado, con excepción del viernes 16 de septiembre, en un horario de 09:00 a 17:00 horas.
Se indicó que la ciudadanía interesada en participar en esta actividad, puede consultar y descargar en la página de internet del Instituto (www.ieem.org.mx) la convocatoria, el Formato de Declaratoria Bajo Protesta de Decir Verdad; la Cédula de Registro de Aspirantes a Consejeras y Consejeros Electorales Distritales; el Listado de Requisitos y Documentos Probatorios; y el Catálogo de documentos probatorios para acreditar estudios y actividades de los datos curriculares contenidos en la cédula de registro.
En la convocatoria se da a conocer el domicilio de la sede donde pueden realizar el registro de acuerdo al municipio al que pertenezca, y entregar debidamente requisitada, entre otros, la documentación especificada, como es la Cédula de Registro de Aspirantes a Consejeras y Consejeros Electorales Distritales, misma que está disponible a partir de la publicación de esta Convocatoria; Declaratoria Bajo Protesta de decir Verdad de ser ciudadano mexicano por nacimiento, que no adquiera otra nacionalidad y estar en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos, ser originario del Estado de México o contar con una residencia efectiva de por lo menos cinco años anteriores a su designación.
Entre otros requisitos los aspirantes deben tener más de treinta años cumplidos al día de la designación; estar inscrito en el Registro Federal de Electores, contar con credencial para votar vigente; gozar de buena reputación, no haber sido condenado por delito alguno, ni registrado como candidato y no poseer cargo alguno de elección popular en los cuatro años anteriores a la designación.
Aunado a ello, deben presentar un escrito de dos cuartillas como máximo en el que el interesado exprese las razones por las que aspira a ser designada o designado. Copia (por ambos lados) y su original para cotejo de la credencial para votar vigente, correspondiente al municipio del Distrito al que pertenece el aspirante. Serán válidas todas las credenciales para votar que tengan en la parte posterior de la misma un recuadro para el marcaje del año de la elección federal con el número “18” o, en su caso, verificar la vigencia que se encuentra en el cuerpo de la mica; cabe aclarar que no se aceptarán constancias de robo o pérdida de credencial, ni comprobante de trámite de expedición o reposición.


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