Mariana Lima cumpliría 40 años; en 2010 fue víctima de feminicidio en Neza

El caso de Mariana sentó precedentes para juzgar las muertes violentas de mujeres en todo el país

“Un día como hoy pero del año 1981 nació Mariana Lima Buendía, joven víctima de feminicidio perpetrado el 28 de junio de 2010. Hoy, cumpliría 40 años”, así lo pronunció Irinea Buendía durante un mitin frente al Palacio Municipal de Nezahualcóyotl.

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En este lugar también se encuentran la antimonumenta en memoria de Mariana y de todas las mujeres que han sido asesinadas a lo largo de décadas en todo el territorio mexicano. A unos cien metros de distancia se ubica la fiscalía regional, componente de un sistema de justicia fallido, y que ha ocasionado que decenas de cruces de madera se levanten de forma simbólica frente a las instalaciones del Ayuntamiento. Y que nuevos rostros de mujeres asesinadas sean mostrados en lonas que cuelgan de un extremo a otro en este espacio de conmemoración y lucha.

“La lucha de mi parte y de mi esposo Lauro Lima desenmascaró al agresor de mi hija, un policía ministerial del Estado de México con quien ella había contraído matrimonio, y que actualmente se encuentra preso y en espera de una sentencia”, detalló la señora Irinea al referirse a la expareja de Mariana, quien trató de hacer pasar el asesinato como un suicidio.

El caso de Mariana sentó precedentes para juzgar las muertes violentas de mujeres en todo el país. “Cinco años después del cobarde asesinato, la Suprema Corte de Justicia de la nación (SCJN) emitió el 25 de marzo de 2015 la sentencia derivada del expediente del caso. En la sentencia se establece que en toda muerte violenta de mujeres y niñas se deben investigar y verificar la presencia o ausencia de motivos por razón de género».

La sentencia es relevante para la investigación de posibles feminicidios, ya que obliga a las autoridades a usar la perspectiva de género como herramienta para verificar si el crimen se cometió en contra de la víctima por ser mujer enmedio de una sociedad machista. “Marca un antes y un después en las investigaciones, establecen la importancia de realizar diligencias particulares y que la investigación debe implicar la realización de conceptos criminalísticos con visión de género.”, explicó Irinea durante un mitin convocado en Nezahualcóyotl, municipio donde Mariana vivía.

A pesar de la importancia y la relevancia de la sentencia, Irinea reprochó que no haya sido contemplada por la misma SCJN para la actualización del Protocolo para Juzgar con Perspectiva de Género, publicada en noviembre de 2020. “Significa un retroceso”, dijo, pues se vulnera la oportunidad de investigar de manera contundente los feminicidios.

En un comunicado, el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF), organización que ha acompañado el caso, recordó que la sentencia establece que “En el caso de muertes de mujeres se deben identificar las conductas que causaron la muerte y verificar la presencia o ausencia de motivos o razones de género que originan o explican la muerte violenta, preservarse evidencias específicas para determinar si hubo violencia sexual y realizar las periciales pertinentes para determinar si la víctima estaba inmersa en un contexto de violencia”.

La no incorporación de la sentencia en la nueva versión del Protocolo antes mencionado es una omisión, “es una falta de reconocimiento a las víctimas y sus familiares, cuyo camino hacia el acceso a la justicia ha sido largo y atropellado por los mismos impartidores de justicia. Significa un retroceso en el que la SCJN pierde la oportunidad de establecer de manera contundente cómo deben ser investigadas las muertes violentas de mujeres y los feminicidios, y de cómo debe ser incorporada la perspectiva de género”.