La presidenta Claudia Sheinbaum, junto con funcionarios federales, dio a conocer los detalles de las acciones para garantizar un retiro digno a miles de trabajadores del Estado. Con estos cambios, los maestros recibirán una pensión mensual de 16 mil pesos.
Martí Batres, director del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), explicó que, mediante el Fondo de Pensiones para el Bienestar, los trabajadores que cotizaban en el régimen anterior podrán completar sus pensiones. Con este aumento, en consiguiente, obtendrán los recursos necesarios para jubilarse con el sueldo que percibían al momento del retiro.

¿Cuánto recibirán los maestros al jubilarse?
Esto, además, permitirá que los maestros de tiempo completo se jubilen con una pensión de 16 mil pesos mensuales. Además, recibirán la Pensión para Adultos Mayores, cuyo monto es de 3,100 pesos mensuales.
Batres mencionó también que, durante la administración del expresidente Andrés Manuel López Obrador, se incorporó a casi un millón de maestras y maestros al sistema.
Entre las propuestas de la presidenta Claudia Sheinbaum destacan:
- Mantener la edad mínima de jubilación en 58 años para hombres y 56 para mujeres.
- Otorgar la Pensión de Viudez a trabajadoras y trabajadores en activo.
- Eliminar el requisito de refrendo de vigencia de derechos para personas jubiladas cada dos años.
Además, los titulares de 400 mil créditos problemáticos serán beneficiados con programas de apoyo del Fovissste. De ellos, 240 mil son maestras y maestros, quienes accederán a beneficios como:
- Reducción de intereses.
- Congelamiento de saldo.
- Aplicación de quitas.
- Condonación de deuda.

¿Qué es el Fondo de Pensiones para el Bienestar para maestros al jubilarse?
Para explicarlo, el Fondo de Pensiones para el Bienestar es un fideicomiso público que administra recursos para beneficiar a trabajadores que se pensionen con un monto igual o menor al salario promedio mensual.
¿Quiénes se benefician?
- Trabajadores que se pensionen a partir de los 65 años
- Trabajadores que soliciten su pensión y esta sea igual o menor al salario promedio mensual registrado en el IMSS
- Trabajadores que se encuentren en el régimen de cuentas individuales del ISSSTE


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