“Hoy que presumen de un acuerdo con ciudadanos, que incluye medidas contra la corrupción es una burla indecente, se los diré sencillamente: ¡No les creo! Es mentira que vayan a combatir la corrupción, porque ustedes son la corrupción". (1)
Uno de los episodios más grotescos del gobierno del Estado de México se dio el 29 de marzo de este año, cuando en la Gaceta del Gobierno del Estado de México se publicó el acuerdo por el que el Tribunal de lo Contencioso Administrativo otorgaba una medalla a Eruviel Ávila por su “gran trayectoria profesional”, por su “calidad humana”, “su inagotable esfuerzo”, entre otros piropos más. Medalla que por cierto, fue adquirida por el TCA antes de que formalmente fuera aprobada por el pleno.
El tribunal en mención se trata de un área administrativa más del gobierno estatal, que no se encargaba de impartir justicia, pero que en el artículo 87 de la Constitución local se definía como un órgano con autonomía para dictar sus fallos, conocer y resolver las controversias suscitadas entre las administraciones públicas estatal o municipales. El ejemplo de la auto medalla es una muestra de la nula autonomía en los órganos de control del estado y del mal puerto que llevaría el sistema anticorrupción propuesto por el ejecutivo estatal siguiendo el mismo modus operandi.
El pasado mes, la legislatura del Estado de México aprobó la iniciativa de decreto para la creación del Sistema Anticorrupción Estatal y Municipal. Los principales ejes de la reforma recaen en la modificación a los artículos: 61, 77, 87, 123, 129, 130, 130 bis, 131, 133, 134, 139 bis y 147 de la Constitución local.
La propuesta busca la instauración legal del sistema municipal y estatal anticorrupción, la implementación de un Comité de Participación Ciudadana para el Combate a la corrupción, la creación de una Fiscalía especializada para combatir la corrupción, la transformación del Tribunal de lo Contencioso Administrativo en el Tribunal de Justicia Administrativa, la creación de un Comité Coordinador del Sistema Estatal y Municipal Anticorrupción, la obligatoriedad para los servidores públicos de presentar su declaración patrimonial, fiscal y de intereses.
Un sistema anticorrupción integral debe sustentarse en 3 premisas fundamentales: atender las causas que generan la corrupción y no solamente sus efectos, son indispensables los pesos y contrapesos, y debe construirse un sistema que produzca inteligencia institucional no solo para sancionar la corrupción sino para combatir la discrecionalidad. (2)
Primera. La iniciativa se ha promocionado a partir de la implementación de la declaración 3 de 3 para los servidores públicos estatales y municipales, pero ésta no es la parte sustancial de la reforma, es simplemente una estrategia mediática para intentar conectarse con una ciudadanía indignada y enojada por los malos gobiernos con casos evidentes de corrupción. Al fin y al cabo saber que Eruviel posee “tres propiedades, un automóvil y una cuenta bancaria” no otorga certeza ni de chiste. Como tampoco lo fue el hecho de saber que Arturo Montiel era exonerado en 2006 por las autoridades judiciales del estado por enriquecimiento ilícito y peculado.
Segunda. En la propuesta de Ley se lee “El Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de México, impondrá a los particulares que intervengan en actos vinculados con faltas administrativas graves, sanciones económicas, inhabilitación para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios y obras públicas, así como el resarcimiento de los daños y perjuicios ocasionados a la hacienda pública estatal o municipal o al patrimonio de las entidades públicas estatales o municipales.” Sin embargo, los magistrados del Tribunal de Justicia Administrativa serán nombrados por el gobernador durando en su encargo 10 años, pese a que en la propuesta de reforma al artículo 87 dice que el tribunal goza de plena autonomía. ¿Cuál es el objetivo de esta disposición, que el tribunal termine dependiendo del gobernador para volver a regalarse medallas?
Tercera. El primer párrafo del artículo 130 de la propuesta dice que “las faltas administrativas graves serán investigadas y substanciadas por el Órgano Superior de Fiscalización y los órganos internos de control y serán resueltas por el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de México”. Es decir, que el Tribunal al estar de facto bajo la disposición del gobernador, podría ser un régimen tan complejo y discrecional como para castigar más a los servidores públicos de bajo rango que a los servidores públicos de arriba, cuando así les convenga.
Incluso, en el artículo 131 se dice que los diputados, magistrados, así como los integrantes del Consejo de la Judicatura, los titulares de las dependencias del poder ejecutivo y fiscal, son responsables de los delitos graves del orden común que cometan durante su encargo y de los delitos, faltas u omisiones en que incurran en el ejercicio de sus funciones. Pero el gobernador, durante el período de su ejercicio sólo podrá ser acusado por delitos graves del orden común y por delitos contra la seguridad del Estado.
Es decir, lo que se ha comentado como innovaciones para combatir la corrupción conlleva muchos riesgos. Incluso la participación y transparencia a los ciudadanos no se completa con los llamados Comités de Participación Ciudadana a nivel estatal y municipal. Un sistema anticorrupción debiera incluir al ciudadano en la gobernabilidad, garantizando mecanismos de democracia directa en su legislación para evitar malas decisiones gubernamentales. ¿Qué pasaría si un día cualquiera, se le ocurre al gobierno del estado hacer negocios con una empresa de autopistas a costa de un pueblo entero?, lo más probable es que pasara sin problemas, después aunque se investigara el caso como corrupción pública, el castigo seria improbable.
En el Estado de México, lo público está intoxicado por lo privado y lo privado vinculado a lo público, es innegable que las instituciones públicas están carcomidas por los intereses de unos pocos: corrupción pública. Esta corrupción ha permeado hacia todos los ámbitos y niveles de la administración pública estatal, para muestra los datos del INEGI que nos colocan en este año como la entidad con más casos de corrupción, 62,100 casos por cada 100,000 habitantes.
La situación del Estado de México exige grandes cambios, una reforma anticorrupción de fondo hecha por ciudadanos, ya que es imposible que los gobiernos corruptos tengan intención de auto transformarse, han naturalizado la corrupción como una forma de gobierno, que incluso “está en los genes de su partido”, preservando el reino del patrimonialismo (3) en la administración pública.
(1) Discurso de Pablo Iglesias, líder del partido de oposición PODEMOS en el debate de investidura de Mariano Rajoy como presidente de España.
(2) Merino Huerta Mauricio, “México: la Batalla Contra la Corrupción (Una reseña contra las reformas en curso a favor de la transparencia y en contra de la corrupción)”, Wilson Center, consultado en http://rendiciondecuentas.org.mx/mexico-la-batalla-contra-la-corrupcion-mauricio-merino/
(3) Max Weber define el patrimonialismo en su obra Economía y Sociedad, como una forma de dominación y enajenación de los bienes públicos por parte de quienes ejercen el poder.



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