El calendario electoral
Las reglas electorales constituyen uno de los aspectos más relevantes de las elecciones y poco se repara en ellas, entre otras cosas, porque se convierte en un tema altamente especializado. Sin embargo, trataré de simplificar para ustedes los puntos más relevantes del calendario electoral 2017, a la luz de los plazos electorales vigentes, que parten de tres grandes hipótesis: campañas cortas, marco electoral restrictivo y formas de competencia. El pasado 2 de septiembre ha iniciado formalmente el proceso electoral y en los próximos días el objeto de mayor atención serán la integración de los órganos desconcentrados en donde se eligen a 45 juntas y consejos distritales, que implican en el primer caso, seleccionar a 135 vocales que provienen de un modelo de meritocracia calificado y luego 270 consejeros que acuden a convocatoria pública, pero que una vez que se comprueba su idoneidad se elegirán por sorteo, esta etapa será en noviembre, en ella la lógica partidaria busca imponerse y no hay modo de conocer las filias y fobias, sino hasta que se designan, así es de que ocupémonos del resto.
Campañas cortas. El primer momento estratégico será definir el proceso de selección interna en los partidos, lo que deben anunciar al IEEM y a su militancia (principio de máxima publicidad) entre el 22 de noviembre y hasta el 22 de enero del año próximo, es decir, seguramente todos aguardan el anuncio hasta el último momento para evitar madruguetes y dado que los Independientes deben registrarse antes (11 de noviembre al 9 de enero), pues así se evita el transfuguismo y los actores que deciden, mantiene bajo control a sus huestes, ¿democracia interna? ¡Bah! eso no es tema para nuestros partidos. Una vez decidido el cómo, luego tendrán 40 días de precampaña, del 23 de enero al 3 de marzo, para decidir quién (aunque realmente irían con precandidatos únicos en eventos cerrados a la militancia).
Luego, imprudentemente, así lo dice la ley, encierran a sus candidatos por otros 30 días y los dejan muy vulnerables, hasta que arranquen las campañas el 3 de abril y hasta el 31 de mayo del próximo año. Es decir, solo 59 días de campaña. Lo que nos lleva a precisar dos temas fundamentales: quien tenga cargos públicos y quiera competir dentro de los partidos, tendrá que renunciar al erario público las primeras semanas de enero y como los plazos de la Candidatura Común (24 de diciembre) y Convenios de Coalición (25 de diciembre al 23 de enero) también son fatales, pues mantendrán en ascuas a los interesados, quienes pasarán unas navidades con alopecia de tanto jalón de pelo que habrá en esa época. El otro tema será empujar al límite las negociaciones para los bloques de competencia (leer mi colaboración del 2 de septiembre), obviamente hay un beneficiario con las campañas cortas, pero así lo aprobaron los partidos y sólo burlando la ley, con actos anticipados sea de precampaña y campaña, podrán emparejar el piso de la competencia mediática, pero eso tiene un costo muy alto, pues si se configuran las infracciones se anula el registro o la elección. El gobierno en turno está feliz con esta regla.
Marco restrictivo. Derivado de las últimas reglas electorales impulsadas el 2014, hay un esquema muy punitivo contra partidos y candidatos; reza la Constitución en el Artículo 41, párrafo segundo, base VI, tercer párrafo: “La ley establecerá el sistema de nulidades de las elecciones federales o locales por violaciones graves, dolosas y determinantes en los siguientes casos:
a) Se exceda el gasto de campaña en un cinco por ciento del monto total autorizado;
b) Se compre cobertura informativa o tiempos en radio y televisión, fuera de los supuestos previstos en la ley;
c) Se reciban o utilicen recursos de procedencia ilícita o recursos públicos en las campañas.
Dichas violaciones deberán acreditarse de manera objetiva y material. Se presumirá que las violaciones son determinantes cuando la diferencia entre la votación obtenida entre el primero y el segundo lugar sea menor al cinco por ciento. En caso de nulidad de la elección, se convocará a una elección extraordinaria, en la que no podrá participar la persona sancionada”.
Con lo descrito anteriormente, los partidos y sus candidatos no solamente deberán respetar los plazos del calendario ya descritos, sino que tendrán que cuidar al extremo sus gastos de precampaña, intercampañas y campañas, ¿pero cómo, si las elecciones se ganan con dinero, dirían los candidatos? En este restrictivo modelo, serán vitales las estructuras operativas (territoriales) y el manejo discreto de dinero en efectivo, para lo cual el INE aún no encuentra la salida correcta y eficaz para evitarlo.
Formas de competencia. Como lo he venido advirtiendo, las primeras definiciones estratégicas están del lado de la integración de los bloques de competencia, sean en candidatura Independiente, Candidatura Común, Coalición o por forma separada por partido político. En pocas palabras, apostar a una escisión en el grupo gobernante tiene dos tiempos; para los independientes en noviembre y para una ruptura que se sume a la oposición en diciembre. Si todo marcha conforme al script, los intentos de una parte de la oposición, por atraer a un ex priista como su abanderado parece un tanto remoto por los plazos del calendario que impiden cualquier tipo de sorpresa en este breve tiempo que transcurre entre las formas de competencia y los registros de los procesos internos, así, los tiempos legales obligan a la oposición a definir a su candidato antes de que el PRI resuelva su competencia interna y esa decisión, también tendrá una apuesta estratégica en el tiempo. Para el partido en el poder, es obvio que le ayudan, el tiempo para procesar tranquilamente la selección de su abanderado, el dinero “gris” que corre en efectivo en las campañas y lo corto del periodo proselitista. Si la oposición logra resolver con tiempo a su abanderado y compite en un bloque opositor fuerte, las condiciones serán altamente competitivas, de lo contrario y en medio de la fragmentación del voto, habrá elecciones difíciles, pero con un ganador previsible.


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