Te damos toda la información de «Mujeres con Bienestar», el programa que sustituirá al Salario Rosa

Te damos toda la información de «Mujeres con Bienestar», el programa que sustituirá al Salario Rosa
El programa se enfoca en mujeres de entre 18 y 64 años, residentes en el Estado de México

El Gobierno del Estado de México ha anunciado el lanzamiento del programa «Mujeres con Bienestar», mediante un acuerdo emitido por el Secretario de Bienestar, con el objetivo de mejorar el ingreso económico y proporcionar servicios de bienestar a mujeres de 18 a 64 años que viven en condiciones de pobreza y carencia de acceso a la seguridad social en la entidad. El programa sustituirá al famoso «Salario Rosa», impulsado por Alfredo Del Mazo.

Objetivo del Programa:

El propósito central es contribuir al incremento del ingreso económico de estas mujeres a través de transferencias monetarias y servicios destinados a su bienestar.

Población objetivo:

El programa se enfoca en mujeres de entre 18 y 64 años, residentes en el Estado de México, que se encuentren en situación de pobreza y carezcan de acceso a la seguridad social.

Tipos de apoyo:

El programa ofrecerá:

  • Transferencias monetarias bimestrales, sujetas a disponibilidad presupuestal.
  • Acceso a servicios de asistencia jurídica y de salud.
  • Opciones educativas y capacitación para el bienestar.
  • Acceso a seguridad social, bienestar animal, descuentos y otros servicios determinados por el Comité.

¿Cuánto dinero darán en «Mujeres con Bienestar»?

Las transferencias monetarias serán de $2,500.00 MXN cada una, otorgadas una o dos veces bimestralmente, dependiendo de la disponibilidad presupuestal autorizada.

Proceso de solicitud y cobertura:

Las beneficiarias podrán solicitar estos apoyos a través de la Plataforma del Bienestar. Los servicios se proporcionarán según la disponibilidad presupuestal asignada y sin costo alguno para las beneficiarias, excepto por posibles comisiones bancarias.

¿De dónde vienen los recursos?

El presupuesto asignado al programa proviene en su totalidad de fondos estatales y será administrado por la Secretaría de Bienestar. Este presupuesto se destina específicamente para otorgar apoyo monetario y servicios a las beneficiarias, bajo la normatividad establecida por la Secretaría de Finanzas del Estado de México.

¿Quiénes pueden ser beneficiarias de «Mujeres con Bienestar»?

Para ser considerada como beneficiaria del programa, se deben cumplir los siguientes criterios:

  • Nacionalidad mexicana por nacimiento o naturalización.
  • Residencia en el Estado de México.
  • Edad comprendida entre los 18 y 64 años.
  • Demostrar condición de pobreza.
  • Carecer de acceso a la seguridad social.
  • Cumplir con los requisitos adicionales que determine el Comité.

Documentos Requeridos:

Las solicitantes deben presentar copias y originales de los siguientes documentos para su revisión:

  • Acta de nacimiento.
  • Identificación oficial vigente (credencial para votar, pasaporte u otros documentos oficiales de identidad).
  • Clave Única de Registro de Población (CURP).
  • Comprobante de domicilio (con máximo 6 meses de antigüedad) o constancia de residencia emitida por la autoridad local.
  • Formato Único de Bienestar debidamente completado.
  • Documentos adicionales que el Comité considere necesarios.

Criterios de Priorización:

El programa dará prioridad a las solicitantes que se encuentren en las siguientes condiciones:

  • Madres solteras.
  • Personas reconocidas como indígenas y residentes en municipios con presencia indígena según la Ley de Derechos y Cultura Indígena del Estado de México.
  • Personas reconocidas como afromexicanas.
  • Residentes en localidades con Alta y Muy Alta Marginación.
  • Con enfermedades crónico degenerativas.
  • Con discapacidad permanente o que cuiden a personas con discapacidad.
  • Víctimas u ofendidas de un delito.
  • Repatriadas.
  • Cualquier otra condición determinada por el Comité.

Documentación adicional para priorización:

Las solicitantes que se encuentren en las condiciones mencionadas en los incisos e), f), g) y h) deberán presentar documentos oficiales que avalen su situación.

¿Cómo me registro en «Mujeres con Bienestar»?

Vía Internet:

Las solicitantes tienen la opción de realizar un pre-registro a través de la página oficial de la Secretaría de Bienestar: https://bienestar.edomex.gob.mx/. Para llevar a cabo este proceso, es necesario cumplir con los requisitos establecidos en las Reglas de Operación y realizar el pre-registro dentro de los plazos indicados en la Convocatoria correspondiente.

Es importante tener en cuenta que este trámite de registro en línea es gratuito y no asegura automáticamente la incorporación al Programa. Una vez completado el pre-registro en línea, si es aprobado por el Comité, se asignará un número de folio específico que servirá para la identificación y seguimiento de la solicitante dentro del programa.

Registro presencial:

Las solicitantes podrán realizar su registro de manera personal, en los módulos que determine la instancia ejecutora, debiendo presentar el número de folio del pre-registro y cumplir con los requisitos.

Este es el proceso de «Mujeres con Bienestar»

Operación del Programa:

  1. Convocatoria y Pre-registro:
    • La Secretaría de Bienestar emitirá la convocatoria cuando exista suficiencia presupuestal.
    • Las solicitantes podrán pre-registrarse en la página oficial de la Secretaría de Bienestar y presentar la documentación requerida en los plazos indicados.
    • Se establecerán módulos físicos para registro, con un acta de apertura y cierre.
  2. Selección y Aceptación:
    • La instancia ejecutora presentará al Comité una propuesta de solicitantes que cumplen con los criterios establecidos.
    • Las aceptadas serán informadas según los medios y plazos definidos por el Comité.
    • Las no seleccionadas y que cumplen con requisitos entrarán en una lista de espera.
  3. Entrega de Beneficios:
    • Se definirá un mecanismo y calendario de entrega, comunicado a las beneficiarias por la instancia ejecutora.
    • Esta instancia proporcionará los beneficios en los lugares y fechas establecidos.
  4. Cancelación y Sustitución:
    • Si una beneficiaria no acude sin causa justificada, se cancelará su apoyo y se seleccionará a otra en lista de espera.
    • El Comité aprobará la baja de beneficiarias en ciertas circunstancias especificadas.
    • En caso de baja, la instancia ejecutora realizará sustituciones aprobadas por el Comité.
  5. Integración del Padrón:
    • La instancia ejecutora será responsable de la integración del padrón de personas beneficiarias.

Importante: No se la publicado convocatoria, solo reglas de operación.