José Manzur Quiroga, secretario de Gobierno desestimó los señalamientos hechos en la recomendación de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) sobre el caso Tlatlaya, donde se advierte que funcionarios de la Procuraduría del estado de México (PGJEM) torturaron a 2 testigos de los hechos para cambiar sus declaraciones y proteger las acciones de elementos del Ejército, quienes fusilaron a por lo menos 16 personas; a pesar de ello advirtió que el Alejandro Jaime Gómez Sánchez titular de dicha dependencia no será cesado.
Tras una larga investigación de casi tres meses, la CNDH determinó que el 30 de junio pasado el Ejército mató a 16 personas, de 22 cadáveres que se encontraron en una bodega de San Pedro Limón; hechos que no sólo arrojaron una mala actuación por parte de las fuerzas armadas, también de funcionarios de la procuraduría mexiquense, quienes cambiaron las declaraciones de 3 testigos, de acuerdo con el documento, para encubrir la actuación de la milicia.
Sin embargo para el secretario de Gobierno, el tema no es irrelevante, al punto que no tienen una fecha para comenzar a dar las primeras pruebas de que están dispuestos a cumplir con la recomendación de la CNDH.
“El cumplimiento todavía no, lo que hicimos fue la aceptación de la recomendación, tenemos todavía 15 días hábiles para que se empiecen a dar las respuesta a lo que ya se aceptó, en estos momentos está en manos de la consejera jurídica, y el señor gobernador girará un oficio al secretario general de gobierno, para que me haga cargo del asunto, yo a su vez le enviaré 7 de estos señalamientos al procurador y uno a la Contraloría”.
Manzur Quiroga fue enfático al descartar que el Procurador renunciará o será cambiado por este asunto, por el contrario, desde su punto de vista la recomendación va en el sentido profesionalizar al personal de la procuraduría, para que de confirmarse que se cometió algún error, éste no se vuelva a repetir.
El secretario de Gobierno, quiso defender a los funcionarios y peritos de la PGJEM señalados en la recomendación por omisiones graves en su trabajo, argumentando que llegaron a la bodega de San Pedro Limón 6 horas después de ocurridos los hechos.
“La recomendación se trata de preparar al personal de la procuraduría, por si se cometió algún error, no se vuelva a cometer, pero sin ningún lugar a duda se va a investigar, pero no a sancionar, pero aún no se dan los plazos”
En total fueron 8 las recomendaciones de la CNDH al gobierno estatal, donde no sólo advierte actos de tortura cometidos en contra de dos de las tres testigos, tan bien omisiones importantes en el proceso de investigación, que impidieron evidenciar el fusilamiento de por lo menos 16 de las 22 personas encontradas en la bodega, estas son:
PRIMERA. Se giren instrucciones a quien corresponda, a efecto de que se proceda a la reparación del daño ocasionado a V23, V24, V25, con motivo de la intimidación que fueron víctimas, que incluya una indemnización respectiva, la atención médica y psicológica necesaria, debiéndose remitir a esta Comisión Nacional las constancias con que se acredite su cumplimiento.
SEGUNDA. Girar instrucciones a efecto de que el personal ministerial a su cargo, realice sus investigaciones a partir de métodos y técnicas científicas y respetuosas de derechos humanos, y de obligar a las personas que están siendo objeto de una investigación de declarar contra su voluntad, debiéndose informar a esta institución sobre el cumplimiento de la misma.
TERCERA. Gire instrucciones a quien corresponda, a fin de que se proporcione a los peritos adscritos a la Procuraduría General de Justicia del Estado de México, cursos de capacitación en materia de criminalística con el objeto de que, al inspeccionar el lugar de los hechos lo hagan de manera exhaustiva y para que realicen diligencias precisas y detalladas que permitan llegar a la verdad histórica con respecto a los hechos investigados, remitiendo a esta Comisión Nacional las constancias respectivas.
CUARTA. Se instruya a quien corresponda a fin de que se le imparta al personal ministerial cursos de capacitación relativos a la inspección que deben realizar en el lugar de los hechos, a fin de que se alleguen de todos los elementos necesarios para llevar a cabo una investigación diligente y exhaustiva, remitiendo a esta Comisión Nacional las constancias respectivas.
QUINTA. Gire instrucciones a quien corresponda a fin de que se le imparta al personal ministerial cursos de capacitación en materia de derechos humanos a fin de que se actúe con apego a los mismos, y realizado lo anterior, remita a esta Comisión Nacional las constancias respectivas.
SEXTA. Se colabore ampliamente con este Organismo Nacional en la presentación y seguimiento de la denuncia de hechos que este Organismo Nacional formule ante la Procuraduría General de Justicia del Estado de México, para que se determine la responsabilidad penal que tuvieron los servidores públicos adscritos a la Fiscalía Regional de Tejupilco y la Fiscalía de Asuntos Especiales, especialmente a aquellos que ejecutaron, ordenaron o toleraron las acciones u omisiones descritas en la presente recomendación, debiéndose informar a esta institución sobre el cumplimiento de la misma.
SÉPTIMA. Se colabore ampliamente con este organismo nacional, en el trámite de la queja que este organismo presente ante la Inspección General de las Instituciones de Seguridad Pública del Estado de México, para que se determine la responsabilidad administrativa en la que incurrieron los servidores públicos adscritos a la Fiscalía Regional de Tejupilco y la Fiscalía de Asuntos Especiales, especialmente a aquellos que ejecutaron, ordenaron o toleraron las acciones y omisiones incluidas en esta recomendación, debiéndose informar a esta institución sobre el cumplimiento de la misma.
OCTAVA. Se colabore ampliamente con este organismo constitucional autónomo, en el seguimiento e inscripción que se solicite al Registro Nacional de Víctimas, a efecto de que tengan acceso al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral, previsto en la Ley General de Víctimas, y se remitan las constancias que acrediten su cumplimiento.


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