Puntea Morena y Delfina en sanciones del TEEM

Del primero de enero al 4 de mayo del 2017, se han tramitado 93 quejas y/o denuncias referentes al proceso electoral en el Estado de México y llama la atención que de aquellas que han sido concluidas, solamente se determinara imponer cuatro multas en contra de Delfina Gómez Álvarez y el partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena). En contraparte, aquellas que tenían como actores señalados al PRI, PAN y PRD, han concluido en “amonestación pública”. La primera queja interpuesta, el 6 de enero del año en curso, fue de Acción Nacional en contra de “Servidor Público y Revista Líder México”,
mayo 4, 2017

Del primero de enero al 4 de mayo del 2017, se han tramitado 93 quejas y/o denuncias referentes al proceso electoral en el Estado de México y llama la atención que de aquellas que han sido concluidas, solamente se determinara imponer cuatro multas en contra de Delfina Gómez Álvarez y el partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena).

En contraparte, aquellas que tenían como actores señalados al PRI, PAN y PRD, han concluido en “amonestación pública”.

La primera queja interpuesta, el 6 de enero del año en curso, fue de Acción Nacional en contra de “Servidor Público y Revista Líder México”, en alusión al supuesto publirreportaje del entonces diputado en funciones Juan Manuel Zepeda Hernández en la publicación referida, por actos anticipados de precampaña y campaña, la cual el Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) declaró “inexistente” el 13 de febrero del 2017.

Así la tónica, todo se determinó como “inexistencia de los hechos” o se concluyeron con “amonestación pública”, no así en el caso de la candidata de Morena, a quien el 19 de febrero el TEEM impuso una multa de mil días a ella y 5 mil a su partido.

Lo mismo se determinó el diecisiete de marzo del año en curso, sin especificarse los montos de las sanciones en contra de Andrés Manuel López Obrador, Gómez Álvarez y Morena; también se sancionó al partido y a la candidata el 5 de abril y el 29 de marzo, también sin especificarse los montos.

Pero, en el ínter, en sesión privada el 1 de abril, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó las multas impuestas a Morena por 377 mil 450 pesos y a su candidata a la gubernatura del Estado de México, Delfina Gómez Álvarez por 75 mil 490 pesos por haber realizado supuestos actos anticipados de campaña.

Y, a la par, revocó otras sentencias tomadas en relación con denuncias de presuntos actos anticipados de campaña cometidos por el priísta Alfredo del Mazo, el perredista Juan Zepeda y la misma Gómez Álvarez, que fuesen declaradas inexistentes por el Tribunal Electoral del Estado de México.

Sin embargo, llama la atención el hecho de que Morena y su abanderada sean los más señalados por el ente mexiquense, mientras que, en el caso del perredista Juan Manuel Zepeda Hernández, se omitieron señalamientos en torno a su fuerte promoción por diversos puntos de la entidad y, como se indica al principio, su promoción como candidato, sin haberse realizado la elección interna de su partido.

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