El Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI) reconoció a San Francisco Tlalcilalcalpan como pueblo indígena, ahora exigirán su derecho al presupuesto estatal y federal para atender las necesidades sociales de la zona.
Convocados por el Consejo Mayor de Gobierno Popular, cientos de habitantes de esta comunidad y aledañas se reunieron en la plaza central para recibir la constancia.
El documento está fundamentado en los artículo 1 y 2 de la Constitución, el convenio 169 de la OIT y otros tratados internacionales, en él se enlistan cinco aspectos centrales que definen a Tlalcilalcalpan como comunidad indígena:
- Es una unidad económica, social y cultural en términos de lo dispuesto en los párrafos 3º y 4º del artículo 2 de la constitución.
- Cuenta con un territorio como se hace constar en el expediente de la dotación de ejidos publicado en el Diario Oficial de la Federación en 1930.
- Es un asentamiento histórico cuya lengua proviene de la familia lingüística oto–mangue, de acuerdo al catálogo de las lenguas indigenas nacionales.
- Conserva sus instituciones sociales, religiosas y culturales, elige a sus autoridades y toma decisiones en asamblea general comunitaria a mano alzada, tiene un fino tejido de obligaciones reciprocas y redes familiares y comunales de apoyo donde la autoridad modal recae en personas de edad avanzada, realizan procesiones, conservan su medicina tradicional, sus danzas, sus fiestas tradicionales y la elaboración de artesanías tejidas, entre otras manifestaciones culturales.
- Se autoadscriben colectivamente como comunidad indígena tal como se advierte en el acta de asamblea general comunitaria del 27 de junio del 2021 efectuada conforme a su sistema normativo.
Por lo anterior el INPI concluyó lo siguiente:
Como consecuencia de todo lo anterior se trata de una comunidad indígena perteneciente al pueblo Hñähñu del Estado de Mexico, y cuenta con todos los derechos y garantías que en virtud de esta condición le reconoce el Estado Mexicano.
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La constancia está firmada por el director del INPI, Adelfo Regino Montes, y resalta que se trata de un documento declarativo y no constitutivo, es decir que como la comunidad ya ha dado el paso de asumirse como indígena, la institución expresa lo que ha observado.
“La presente constancia debe entenderse con efectos declarativos y no constitutivos en virtud de que es atribución de las propias comunidades indígenas en el ejercicio de su libre determinación y autonomía definir su carácter jurídico”
De acuerdo con la intervención de Carlos Hernández Membrinio, miembro del Consejo Mayor de Gobierno Popular, Tlalcilalcalpan exigirá su derecho al presupuesto estatal y federal, para satisfacer las necesidades sociales de la zona.
Por otra parte será una herramienta para avanzar en su lucha por convertirse en el municipio 126 del Estado de México y recuperar las 5 mil hectáreas de bosque que fueron cedidas a Zinacantepec mediante un convenio amistoso entre este ayuntamiento y Almoloya de Juárez.
Hernández Membrino resaltó la importancia de defender el agua potable y pidió a CONAGUA, la atención a las demandas que han presentado, como la clausura de pozos que sin autorización extraen agua para su comercialización y la construcción de un nuevo pozo para la comunidad.
“Solucionar el agua potable en las comunidades, que resuelva el problema en la región donde se tienen pozos perforados y se vende el agua, como es posible que unos cuantos hagan negocios con el agua y muchos pueblos carecen de la misma.”
Al cierre de la asamblea los asistentes se pronunciaron por justicia para el luchador social y dirigente del Frente Popular Revolucionario Manuel Cartas Pérez que fue asesinado el pasado 3 de septiembre en la comunidad de Santa Maria Huatulco, Oaxaca; Manuel encabezaba la lucha por la tierra y la vivienda digna para familias pobres de esta región.
La Asamblea comunitaria fue convocada para dar seguimiento a la ruta organizativa de la comunidad así como a las demandas que han presentado ante la la Comisión Federal de Electricidad, el INPI, y CONAGUA. Siendo estas últimas dos instancias quienes enviaron representantes al evento.