Juan Montes de Oca Gómez Tagle, exsecretario del Ayuntamiento de Valle de Bravo, presentó su renuncia al cargo, reavivando las críticas por las relaciones familiares en la gestión municipal. Montes de Oca, esposo de la alcaldesa Michelle Núñez Ponce, anunció su decisión a través de una publicación en redes sociales, donde justificó su salida como un acto de compromiso con el futuro del municipio.

“Mi decisión responde al compromiso que tengo con Valle de Bravo. Los retos y proyectos que vienen son trascendentales, y es momento de enfocar mi energía en contribuir al desarrollo y consolidación de la transformación que todos anhelamos”, escribió en su cuenta de Facebook.
Montes de Oca, quien también dirigió el DIF municipal en la administración anterior, asumió el cargo en la primera sesión de cabildo por propuesta de la alcaldesa. Velia Rebeca Reyes Estrada ocupará, por segunda ocasión, su puesto.

Antecedentes polémicos
En 2024, la presidenta por Ministerio de Ley, Magdalena Rodríguez Benítez, removió a Montes de Oca del cargo, aunque posteriormente el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de México lo ratificó.
El segundo regidor por Morena, Edgar Ledezma, denunció un “alarmante patrón de autoritarismo y falta de transparencia” por parte de la alcaldesa reelecta.
Además, destacó que Juan no es el único miembro de su familia con cargos públicos: su hermana es coordinadora regional de Valle de Bravo por el gobierno estatal.
En el Estado de México, la Ley Orgánica Municipal y la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios no establecen explícitamente la prohibición de contratar a familiares directos, como esposos o hermanos, en cargos municipales o estatales. Sin embargo, la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos prohíbe que los funcionarios intervengan en la contratación, designación o promoción de su cónyuge o familiares hasta el cuarto grado de parentesco, ya sea por consanguinidad, afinidad o civil.
Además, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 115, fracción I, establece que los municipios administrarán libremente su hacienda y que las leyes federales y estatales limitarán las facultades de los municipios únicamente en los términos que las mismas señalen. Esto implica que, aunque no exista una prohibición explícita en las leyes locales, las disposiciones federales en materia de responsabilidades de los servidores públicos son aplicables en el ámbito municipal.
Por lo tanto, aunque las leyes locales del Estado de México no contemplen de manera específica la prohibición de contratar a familiares directos, las normativas federales sí establecen restricciones claras para evitar el nepotismo en la administración pública.
Edomex, castas en el poder: apellidos que heredan cargos
El Estado de México es un territorio dominado por dinastías que hacen de la política un negocio familiar. La tradicional práctica del nepotismo está presente en prácticamente todos los partidos, administraciones e instituciones de la entidad.
Espera el reportaje este domingo por adnoticias.mx


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