Elementos de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México (FGJEM) cumplimentaron orden de aprehensión en contra de Sergio “N”, presunto responsable de lanzar a un perrito en un cazo con aceite hirviendo en Tecámac.
Las autoridades lo detuvieron en un domicilio ubicado en la alcaldía Coyoacán de la Ciudad de México. Será trasladado a la Agencia 50 de la Fiscalía General de Justicia de la CDMX para su certificación y posterior puesta a disposición de la Autoridad Judicial correspondiente, quien determinará su situación jurídica.
El Juez de Control Especializado en Línea, del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México, libró la orden de aprehensión en su contra, por el delito de Maltrato Animal.
El domingo 28 de mayo, la FGJEM recibió denuncia por parte de un sujeto de identidad reservada, en la que refirió que Sergio “N” ingresó a su carnicería ubicada en el poblado de San Pablo Tecalco municipio de Tecámac. Posteriormente, lo agredió verbalmente y lo amagó con un instrumento punzocortante.
Al momento de salir del establecimiento sujetó a uno de los caninos que se encontraban en ese lugar y lo arrojó dentro de un cazo con aceite hirviendo, lo que le ocasionó la muerte.
La Fiscalía mexiquense, con apoyo de la Comisión Nacional Antihomicidio (CONAHO) de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana federal, de la Secretaría de Seguridad Ciudadana CDMX y de la Secretaría de Seguridad Edoméx, logró identificar a Sergio “N” como probable responsable del hecho.

Por ello, obtuvo la orden de aprehensión correspondiente que será cumplimentada próximamente. Esto sin perjuicio de su probable responsabilidad en la comisión de otros delitos que se actualicen en el marco de estos hechos.
Maltrato animal Edomex
El Estado de México cuenta con leyes para la debida protección de la vida y trato digno hacia los animales, como lo establecen los artículos 235 Ter y 235 Quater del Código Penal vigente en la entidad mexiquense. Estas disposiciones contemplan penas de tres a seis años de prisión y de 200 a 400 días multa, a quien cause la muerte por cualquier medio y prolongue la agonía de un animal que no constituya plaga.
Por su parte, el Código para la Biodiversidad del Estado de México sanciona el Maltrato Animal con el objeto de impedir crueldad, sufrimiento y maltrato hacia cualquier especie animal doméstico.
Por tal motivo, intervino la Procuraduría de Protección al Ambiente del Estado de México a fin de que inicie el procedimiento administrativo procedente. A este sujeto se le debe considerar inocente hasta que se dicte una sentencia definitiva en su contra.


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