La Comisión de Derechos Humanos del Estado de México (Codhem) ha emitido la Recomendación 3/2020 a la Fiscalía General de Justicia de la entidad (FGJEM) por vulnerar el derecho a la debida diligencia con perspectiva de género, que ha derivado en la muerte de cuatro personas y el agravio de al menos 17 personas más, así lo informó esta institución a través de un comunicado emitido este viernes.
Durante la investigación iniciada a partir de una nota periodística que informó el hallazgo de una mujer sin vida en la colonia Villas Santín, municipio de Toluca, la cual había sido reportada como desaparecida sin acciones efectivas de la FGJEM para su localización; se detectó una segunda víctima de desaparición cuya madre denunció el hecho ante la autoridad ministerial con el mismo resultado de omisión.
Además, la Visitaduría Especializada de Igualdad de Género de la Codhem conoció otras dos denuncias relacionadas con un varón presuntamente relacionado con la muerte de la primera víctima mencionada, corroborando la falta de avances en las indagatorias con lo que se acreditó la violación al derecho a la debida diligencia infligida por cinco servidores públicos de la Fiscalía estatal.
La Codhem abrió en total ocho expedientes de queja, acumulando cuatro de ellos a una queja iniciada de oficio en virtud de que los hechos planteados apuntaban a la misma persona agresora imputada, y dio seguimiento a tres quejas presentadas por familiares de víctimas por hechos ocurridos, algunos hace más de siete años, las cuales también registraban nulo avance en la FGJEM.
El caso referido sería el del llamado “mounstruo de Toluca” Oscar García Guzmán, responsable del homicidio de seis mujeres, entre los puntos de la recomendación destaca la disculpa institucional por escrito que deberá otorgar la Fiscalía a 17 personas agraviadas y el otorgamiento de becas a dos de ellas, así como la inscripción de todas las personas agraviadas en el Registro Estatal de Víctimas y la cobertura de la compensación procedente en su favor.
También se plantean medidas de rehabilitación al proporcionar atención a las personas agraviadas en las áreas médica, psicológica, psiquiátrica, psicoterapéutica y/o tanatológica, en un plazo que no mayor a 15 días contados a partir de la aceptación de la recomendación; y que dicha atención sea otorgada en un perímetro accesible al domicilio de las y los afectados.
Como medida de compensación, la FGJEM debe remitir evidencia de la inscripción de 17 personas agraviadas en el Registro Estatal de Víctimas, a fin de que tengan acceso a los derechos y garantías establecidas en la ley, incluida la indemnización compensatoria que corresponda, así como en el Fondo Estatal de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral.
Como medida de satisfacción, la autoridad recomendada debe enviar copia certificada a la Visitaduría General de la FGJEM para que tome en cuenta la investigación efectuada por la Comisión dentro del expediente FGJEM/VG/133/2020, a fin de identificar la probable responsabilidad administrativa de las cinco personas servidoras públicas involucradas en los hechos y solicitar el inicio del procedimiento correspondiente al órgano sustanciador, para que resuelva la responsabilidad administrativa atribuible a cada una de ellas.
Para evitar la repetición de dicha conducta, la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México solicitó capacitar a las personas servidoras públicas adscritas a las unidades administrativas que dependan de la Fiscalía Central para la Atención de Delitos Vinculados a la Violencia de Género, en temas de búsqueda de personas, perspectiva de género, atención victimológica, lineamientos para la debida diligencia de las investigaciones acordes a estándares internacionales, entre otros.
Además, recomienda que se instruya -mediante circular firmada por el fiscal general- la revisión periódica de los expedientes de investigación iniciados por desaparición de mujeres.


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