Revierte Tribunal Electoral triunfo del PRI en Coacalco y anula elección en Atlautla

Revierte Tribunal Electoral triunfo del PRI en Coacalco y anula elección en Atlautla
En Coacalco, la y los magistrados declararon la nulidad de algunas casillas, con lo cual se modificaron los resultados

La Sala Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revirtió el triunfo del PRI en Coacalco y dio la victoria a Darwin Eslava de Morena. También anuló la elección de Atlautla, en la que había triunfado Morena, al acreditar violencia política de género hacia la ex candidata del PRI.

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En Coacalco, la y los magistrados declararon la nulidad de algunas casillas, con lo cual se modificaron los resultados y ordenaron al Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) entregar las constancias de mayoría a la planilla encabezada por Morena.

También, declararon la inelegibilidad del ex candidato de la coalición Va por el Estado de México, David Sánchez Isidoro, quien fue sentenciado por incumplir una resolución judicial como alcalde de ese municipio y se modificó la asignación de regidurías de representación proporcional.

El priista la semana pasada rindió protesta como alcalde electo en un evento protocolario y sin validez oficial, organizado por el PRI y avalado por el gobierno estatal.

Además, la y los magistrados confirmaron los resultados de las elecciones en cuatro municipios: Xalatlaco, Villa Guerrero, Nextlalpan y Temascalcingo y modificaron la asignación de regidurías de representación proporcional de Coyotepec.

Coacalco

La Sala Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación revocó la sentencia del Tribunal estatal, con lo cual el PRI perdió ese municipio.

La y los magistrados analizaron la anulación de casillas, el hecho de que Morena no tuvo acceso a copias legibles y se le vulneró su derecho a una buena defensa y la elegibilidad de ex candidato del PRI.

El magistrado ponente Juan Carlos Silva Adaya advirtió que la impugnación se promovió tarde porque Morena pidió en tres ocasiones copias certificadas y legibles de las actas de resultados en la elección de Coacalco, pero las autoridades argumentaron imposibilidad por el desgaste de la impresora.

También, acreditaron irregularidades, por lo cual se anularon 13 casillas porque delegados y subdelegados fungieron como funcionarios de casilla. La diferencia era de poco más de 600 votos.

En cuanto a la elegibilidad de Sánchez Isidoro explicó que desde el 23 de octubre del 2009 un ciudadano demandó el pago de su indemnización al ayuntamiento y el Tribunal de Conciliación y Arbitraje ordenó cubrirlo, pero ante el incumplimiento promovió un amparo porque no se acató la sentencia.

En 2013 se ordenó a Sánchez Isidoro, en su calidad de alcalde, cumplir la sentencia, pero hizo caso omiso a ese y a cuatro requerimientos más, con lo cual en la y en la siguiente administración municipal se destituyó al cabildo y la Corte ordenó procesarlos junto con el ex alcalde.

Advirtió que uno de los requisitos para ser candidato es tener un modo honesto de vivir, pero existen criterios de la Sala Superior, en cuanto a que cuando se incumple una sentencia no se cumple el requisito de ser de reconocida probidad y ser elegible.

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En julio, sentenciaron al ex candidato del PRI por ese tema, pero la prisión se le conmutó por trabajo a favor de la comunidad.

El magistrado Alejandro Avante fue el único que votó en contra. Consideró que se podría poner en riesgo el sistema de impugnación, pues los partidos tienen cuatro días para impugnar y Morena lo hizo meses después, con lo cual le ampliaron el plazo ilegalmente.

Consideró que Sánchez Isidoro no tiene suspendidos sus derechos político electorales, pues aun cuando un juez federal los suspendió, no purgó una pena de prisión, pues la cambió por trabajo a la comunidad y mantiene sus derechos, pues no se le ha revocado el beneficio.

La magistrada Marcela Fernández Domínguez consideró que se justificaba aceptar la demanda porque el partido no tenía los elementos mínimos para acceder a los medios de impugnación, pues incluso pidió copias a la autoridad electoral que le fueron negadas, aun cuando era su responsabilidad proporcionarlas y pudo hacerlo de manera digital para que pudiera presentar su demanda.

Al no hacerlo, señaló, Morena no estaba en condiciones de impugnar de manera adecuada porque le no entregaron copias legibles.

Sobre la elegibilidad y el hecho de que Sánchez Isidoro fue condenado por incumplir una sentencia, la magistrada señaló que Morena hizo valer que el candidato debe ser una persona de reconocida probidad, pero al haber sido sentenciado no se le podía considerar como tal.

Advirtió que la sanción no se ha extinguido, pues si dejara de prestar los servicios a la comunidad se revocaría el beneficio.

Por mayoría de votos la Sala Toluca revocó la sentencia del tribunal estatal, dio el triunfo a Morena y declaró inelegible a Sánchez Isidoro.

Atlautla

Durante la sesión la y los magistrados declararon la nulidad de la elección del municipio de Atlautla, por lo cual habría una elección extraordinaria.

El magistrado Silva refirió que en Atlautla aparecieron ocho bardas de la candidata del PRI con propaganda electoral que fueron vandalizadas con expresiones de agresión hacia la abanderada, por lo cual pidieron la nulidad de la elección, con el argumento de que hubo violencia política de género.

El PRI argumentó que el tribunal local no resolvió con perspectiva de género y el magistrado Silva considera el agravio fundado, pues además de violencia política de género hubo discurso de odio con el fin de estigmatizar, desacreditar y avergonzar a la mujer.

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Avante respaldó la posición y señaló que con esa sentencia se envía un mensaje a las y los contendientes políticos, pues mientras no se termine con la violencia de género la democracia está en peligro porque no hay marcha atrás en que las mujeres deben ocupar cargos y participar en condiciones de igualdad. Por unanimidad avalaron la nulidad de la elección.

Con ese fallo habría elección extraordinaria en ese municipio, aunque todavía falta la última palabra por parte de la Sala Superior del Tribunal federal, el cual debe darse antes de que concluya este año.