Tipifica Edomex la violencia vicaria con penas de hasta ocho años

La Legislatura mexiquense tipifica este delito para proteger a las madres y sancionar a los agresores que utilizan a los hijos como instrumento de daño
marzo 4, 2026

El pleno legislativo del Estado de México aprobó el decreto para tipificar, reconocer y sancionar la violencia vicaria, con 73 votos a favor, ningún voto en contra y ninguna abstención. Este tipo de maltrato, definido por el uso de hijas, hijos o personas cercanas para dañar a la mujer, podrá penarse hasta con ocho años de prisión para el agresor en el Edomex.

La reforma integra las propuestas de las diputadas Zaira Cedillo Silva y Selina Trujillo Arizmendi (Morena); Miriam Silva Mata, Itzel Guadalupe Pérez Correa y Gloria Vanessa Linares Zetina (PVEM), así como una iniciativa conjunta de las bancadas del PAN y del PRD. 

El dictamen, leído por la diputada Cedillo Silva, implica una reconfiguración de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, el Código Civil y el Código Penal estatales.

Una respuesta a la impunidad estructural

En el Edomex, ocho de cada 10 mujeres han sufrido violencia a lo largo de su vida. Además, de acuerdo con el Frente Nacional contra la Violencia Vicaria —presente durante la sesión—, solo el 16 % de las víctimas de violencia vicaria denuncia. 

“Lo que no se nombra, no existe; lo que se nombra mal, se confunde, se minimiza y, muchas veces, queda en la impunidad”, sentenció Cedillo Silva durante la sesión, al dedicar la reforma a las mujeres que han sostenido esta lucha.

La nueva legislación detalla que este delito se manifiesta a través de:

  • Amenazas de causar daño a los hijos o seres sintientes;
  • Ocultamiento, retención o sustracción de menores fuera de su domicilio habitual;
  • Uso de los hijos para obtener información sobre la madre;
  • Incitar o fomentar actos de violencia de los menores hacia su progenitora.

Sanciones

La reforma también impone sanciones económicas de hasta 1 500 días de multa y el tratamiento psicológico, psiquiátrico o reeducativo obligatorio. 

Así mismo, la convivencia con el agresor se suspenderá ante cualquier tipo de violencia y solo podrá reanudarse tras un proceso satisfactorio de reeducación en crianza positiva. 

También se establece la pérdida de la patria potestad en casos de castigo corporal, humillante o abandono de deberes alimentarios por más de dos meses.

Intervenciones

La diputada Ruth Salinas Reyes propuso precisar la violencia vicaria por razón de género para evitar ambigüedades, afirmando que también pueden presentarse casos hacia hombres o familiares que no sean mujeres. 

Por su parte, el diputado Omar Ortega Álvarez calificó la medida como un acto de justicia. Mientras que la diputada Paola Jiménez Hernández aseguró que no se permitirá que ningún menor sea privado del afecto materno por estas conductas.

Desde la tribuna, la legisladora Miriam Silva Mata hizo eco de los testimonios de las víctimas y llamó a los jueces a ejercer su labor con perspectiva de género e infancia. 

Al finalizar la votación, las colectivas de mujeres presentes en la sala celebraron una reforma que busca garantizar que ningún niño vuelva a ser utilizado como instrumento de venganza.

Como último acto, la congresista Selina Trujillo mencionó que esta reforma asume una responsabilidad histórica. Además, coloca al Edomex en la vanguardia de la protección de las mujeres. 

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Carolina Conde

Carolina Conde

Escritora formada en literatura latinoamericana, cine y guionismo. Tengo experiencia en escritura periodística y creativa. Me entusiasman los idiomas, la literatura japonesa y las historias en todas sus formas.

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