Tras analizar la impugnación presentada por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, que cuestionaba la constitucionalidad de varios artículos del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reconoció, entre otras cosas, la validez de una normativa que define la violencia vicaria.
La Ministra Yasmín Esquivel Mossa destacó que la violencia de género va más allá de los daños físicos, causando también graves daños psicológicos y emocionales en la víctima.
«Es crucial señalar que la violencia vicaria no se limita a la violencia de género; también implica una grave violación de los derechos humanos de niños y adolescentes, quienes se convierten en víctimas directas de esta violencia», afirmó Yasmín Esquivel.
¿Qué es la violencia vicaria?
De acuerdo con Yasmín Esquivel, la violencia vicaria es una estrategia para infligir daño a una mujer utilizando a terceras personas, como sus propios hijos e hijas, con el propósito de aumentar su sufrimiento mediante relaciones afectivas significativas.
¿Cómo se manifiesta?
Esta forma de violencia, visible en países como España o Argentina, a menudo se manifiesta en situaciones de divorcio. Algunas personas buscan la custodia o visitas extensas no con un interés genuino por sus hijos e hijas, sino como un medio para seguir maltratando a la mujer.
Violencia vicaria y la legislación mexicana
La Ministra puntualizó que la violencia vicaria ha sido incorporada en la legislación mexicana, como en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV). Esta ley identifica conductas tales como amenazas a los descendientes, intentos de ocultarlos o sustraerlos, o promover acciones legales basadas en hechos falsos para privar a la mujer de su custodia.


Síguenos