Propone Consejo Universitario voto directo y debates en la elección de la próxima rectora

El Artículo 104 Ter propone que quienes integran al alumnado, personal académico y personal administrativo de cada espacio universitario, emitirán su voto mediante sufragio personal, directo y secreto
junio 12, 2025
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La Universidad Autónoma del Estado de México (UAEMéx) ha puesto en marcha una consulta universitaria sobre una propuesta de reforma al Estatuto Universitario, específicamente en lo referente a la elección de su Rectora o Rector. Esta iniciativa responde al compromiso de atender el Pliego Petitorio General del Movimiento Estudiantil.

¿Qué se propone reformar?

La consulta abarca cambios a los Artículos 100 al 105 del Estatuto Universitario, con el objetivo de otorgar mayor participación a la comunidad universitaria en la elección del máximo cargo administrativo de la institución.

Artículo 100: Elección por voto universitario

Se plantea que el H. Consejo Universitario ya no designe directamente a la Rectora o Rector, sino que nombre a la persona que haya recibido la mayoría del voto universitario, para un periodo ordinario de cuatro años.

Etapas del nuevo proceso electoral

El procedimiento para la elección constaría de las siguientes fases:

  1. Publicación de la convocatoria.
  2. Inscripción, calificación y registro de aspirantes.
  3. Jornadas de promoción y comparecencias.
  4. Auscultación cualitativa (evaluación no numérica).
  5. Votación directa de la comunidad universitaria.
  6. Designación y toma de protesta del nuevo o nueva Rectora.

Reformas adicionales: artículos 101, 102 y 103

  • Inclusión del término «Rectora» en todo el texto normativo.
  • Las comparecencias y jornadas de promoción se extenderán a todas las entidades universitarias: facultades, escuelas, preparatorias, institutos, centros y administración central.

Artículo 104: Auscultación cualitativa

La Comisión Especial Electoral realizará una auscultación en dos etapas:

  1. Evaluación de las propuestas, cualidades académicas y personales de las y los aspirantes. Esta información se difundirá a través de una plataforma digital.
  2. Debate público entre candidatas y candidatos.

Se elimina la auscultación cuantitativa por parte de consejeros universitarios.

Nuevos artículos: 104 Bis y 104 Ter

  • Artículo 104 Bis: Se establece que, tras la auscultación cualitativa, se realizará la votación directa por parte de la comunidad universitaria.
  • Artículo 104 Ter: El voto será personal, directo y secreto. Cada sector (alumnado, personal académico y administrativo) tendrá un voto representativo por igual peso, y se contabilizará por espacio universitario.

La Comisión Especial Electoral supervisará todo el proceso en coordinación con las instancias correspondientes.

Artículo 105 y 105 Bis

  • En el día de la designación, el Consejo Universitario sesionará de forma extraordinaria y la sesión será transmitida públicamente.
  • En caso de empate entre candidaturas, el voto total de la comunidad universitaria decidirá al ganador o ganadora.

Consulta abierta: Las y los miembros de la comunidad universitaria interesados en conocer más o participar en este proceso pueden visitar: reforma.uaemex.mx

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