Activan medidas por altas concentraciones de ozono en el Valle de México

Evita hacer ejercicio o actividades vigorosas en exteriores entre las 13:00 y 19:00 horas
abril 26, 2021

La Comisión Ambiental de la Megalópolis informó, a través de un comunicado, que a las 16:00 horas del día de hoy, se registró un valor máximo de ozono de 159 ppb en la estación de monitoreo CCA-UNAM, ubicada en la alcaldía de Coyoacán; esto debido a que se estabilizaron las condiciones atmosféricas imposibilitando la dispersión del ozono y sus precursores. 

El transporte de los precursores desde otras zonas hacia la porción suroeste, en combinación con la estabilidad atmosférica en la alcaldía de Coyoacán, propiciaron las concentraciones altas del contaminante. 

Por lo anterior, la Comisión Ambiental de la Megalópolis hace un llamado a la aplicación inmediata de las siguientes medidas con el objeto de disminuir la exposición de la población al aire contaminado para reducir el riesgo de afectación a su salud; así como para reducir la generación de contaminantes y con ello reducir la probabilidad de volver a alcanzar altas concentraciones de ozono el día de mañana: 

Medidas y recomendaciones

Protección a la salud 

  • Evitar hacer ejercicio o actividades vigorosas en exteriores entre las 13:00 y 19:00 horas. 

Restricciones a la circulación en el Sector Transporte 

Mañana martes 27 de abril, deberán suspender su circulación en horario de las 5:00 a las 22:00 horas: 

a) Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2. 

b)Losvehículosdeusoparticularconhologramadeverificacióntipo1cuyoúltimodígito numérico sea 0, 2, 4, 6, 7 y 8, así como aquellos cuya matrícula esté conformada sólo por letras. 

c)  Los vehículos de uso particular con matrícula local sin holograma de verificación y los vehículos con matrícula foránea de uso particular que no porten holograma de verificación o cuyo holograma no sea “E”, “00” ó “0”. 

d)  Las unidades que transportan gas licuado de petróleo (pipas y/o semi remolques) cuya matrícula sea PAR, con excepción de aquellas que usen válvulas de desconexión seca. 

e)  Los vehículos de carga local o federal dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas. 

f)  Los Taxis con holograma de verificación “1” o “2” que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos a) y b) les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas. 

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