La Ley de Protección a Periodistas y Defensores de Derechos Humanos del Estado de México fue aprobada en comisiones este jueves y se prevé que será avalada en el pleno el próximo martes.
Esta norma es parecida a la federal, pues prevé un mecanismo de protección de delitos contra la libertad de expresión, contra periodistas y personas defensoras de Derechos Humanos.
Con ella, la actividad periodística se considera de interés público; por lo cual se obligará al Estado y a los municipios a tutelarla y protegerla, se reconocen como derechos específicos de las y los periodistas el secreto profesional, la cláusula de conciencia, el libre acceso a la información y a actos públicos, la capacitación y la reparación integral del daño.
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También se garantiza la reserva de las fuentes de periodistas, el hecho de que no sean requeridos por autoridades judiciales o administrativas para informar sobre datos o hechos no publicados en investigaciones periodísticas, que no puedan ser sujetos de inspección en sus datos personales y se enfatiza que tendrán acceso a la información pública y a actos oficiales.
Ante la costumbre de autoridades de colocar vallas conocidas como «corrales», la ley prohibe medidas restrictivas y obstructivas como la instalación de cercos que buscan limitar el alcance a servidores públicos para obtener entrevistas.
Asimismo, la ley incluye medidas de prevención, de protección y urgentes de protección, así como un plan de protección, un procedimiento extraordinario y órganos para aplicar el mecanismo, a través de un plan anual. También contempla la forma en que se podrá pedir esa protección, la evaluación del riesgo en que se encuentra la o el periodista o una persona defensora de Derechos Humanos.
Entre las medidas de protección consideradas en la ley se encuentra la comunicación con corporaciones policíacas, asesorías, protocolos de seguridad, la asignación de personal de seguridad, la instalación de cámaras de vigilancia u otras medidas en su domicilio, en su lugar de trabajo, la asignación de vehículos blindados.
Se establece que ni las, ni los servidores públicos de seguridad, ni de la Fiscalía, ni tampoco del Poder Judicial podrán hostigar, amenazar o agredir física psicológica o verbalmente a periodistas, ni a defensores; tampoco podrán destruir su material, ni sus herramientas de trabajo y deberán tener protocolos de seguridad en eventos masivos para evitar agresiones.
Finalmente se prevé la creación de un fondo que se conformará con recursos estatales, federales y aportaciones exclusivamente para la operación del mecanismo de protección y se prevén reformas para considerar nuevos tipos penales y sancionar a quienes atenten contra la libertad de expresión, contra las y los periodistas y las y los defensores de derechos humanos.
La propuesta de esta ley fue planteada desde hace varios años y en el sexenio anterior hubo un intento por aprobarla, pero no se lograron los consensos suficientes.


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