Los videos del Club Deportivo La Asunción hicieron públicos los hechos que llevaron al alcalde de Metepec, Fernando Flores Fernández, ante un juez. Cuatro meses después, la Fiscalía General de Justicia del Estado de México todavía necesita tiempo para completar un estudio sobre las personas que aparecen en esas grabaciones.
En la audiencia del 12 de octubre, el Ministerio Público pidió un mes adicional. Explicó que no cuenta con un especialista en antropología física y tuvo que buscar a una persona capacitada para realizar el peritaje. El juez concedió una ampliación menor y fijó el 24 de octubre como fecha límite para concluir la investigación complementaria.
La explicación permite ubicar el obstáculo: falta un dictamen de identificación. También abre una pregunta sobre el desempeño de la Fiscalía: ¿por qué sigue pendiente una diligencia cuya necesidad podía advertirse desde el comienzo?
¿Qué está investigando?
El proceso contra Fernando Flores está relacionado con su posible responsabilidad por abuso de autoridad en los hechos del 4 de junio, cuando acudió al club acompañado de escoltas, en el contexto de un conflicto entre particulares.

La investigación debe establecer qué hizo el alcalde, en qué condiciones intervino y si su actuación constituyó un uso indebido de la autoridad. También debe precisar la participación individual de las otras personas involucradas.
Esto exige distinguir conductas. Estar presente, ordenar una intervención, intimidar o agredir son acciones diferentes. La Fiscalía debe atribuir a cada persona los hechos que pueda acreditar y explicar por qué constituyen un delito.
¿Qué se le ha complicado?
La dificultad expuesta en la audiencia fue conseguir al especialista que debe analizar los videos. El estudio de antropología física busca determinar quiénes son las personas que aparecen en las imágenes.
Según lo informado sobre la audiencia, ese dictamen pendiente motivó la solicitud de más tiempo. La defensa se opuso: sostuvo que la Fiscalía conocía desde el inicio la necesidad de presentar esos resultados.
La falta de un especialista es un problema de capacidad institucional. Por sí sola, no demuestra que los hechos sean especialmente difíciles de esclarecer. Para valorar la demora hacen falta fechas concretas: cuándo se pidió el estudio, cuándo comenzó la búsqueda del perito y cuándo recibió el material para analizarlo.
Si los videos parecen contundentes, ¿para qué otro estudio?
Una grabación puede mostrar con claridad una agresión. Pero una acusación penal debe responder preguntas adicionales: quién realizó cada acción, contra quién y qué responsabilidad corresponde a cada participante.

El peritaje busca aportar sustento técnico a la identificación. Su utilidad consiste en ayudar a que la Fiscalía sostenga sus conclusiones ante el juez y responda a los cuestionamientos de la defensa.
Eso no resta valor a las imágenes. Explica por qué deben integrarse con otros elementos de investigación. Tampoco convierte el dictamen en una sentencia: identificar a alguien en un video no resuelve, por sí mismo, toda su responsabilidad penal.
¿Cuántos días lleva el caso?
Al 12 de octubre han transcurrido:
| Punto de referencia | Tiempo transcurrido |
|---|---|
| Hechos del 4 de junio en La Asunción | 130 días |
| Vinculación a proceso del 9 de julio | 95 días |
Son dos cuentas distintas. La primera mide el tiempo desde los hechos; la segunda, desde la resolución que permitió continuar el proceso contra el alcalde. La fecha exacta de apertura de la carpeta es necesaria para establecer cuántos días lleva formalmente la investigación ministerial.
En septiembre, la Fiscalía ya había solicitado una ampliación de tres meses. El juez concedió uno y estableció el 4 de octubre como vencimiento. La nueva determinación lleva el cierre al 24 de octubre.
Los 20 días de ampliación se cuentan desde el vencimiento anterior: no son 20 días adicionales a partir de la audiencia del 12 de octubre.
¿El juez puede conceder todas las prórrogas que pida la Fiscalía?
No. El Código Nacional de Procedimientos Penales establece que la ampliación de la investigación complementaria es excepcional y debe estar fundada y motivada.
El Ministerio Público tiene que explicar qué diligencias faltan y por qué necesita más tiempo. El juez debe valorar esa justificación y respetar los límites legales. Que la ley contemple un plazo máximo no significa que la Fiscalía tenga derecho a obtenerlo automáticamente.

¿Qué sigue después del cierre?
Cerrar la investigación complementaria significa terminar esa etapa de recopilación de elementos. No equivale a dictar sentencia ni garantiza que el caso llegue a juicio.
Una vez cerrada, el Ministerio Público dispone de 15 días para presentar acusación, solicitar el sobreseimiento parcial o total, o pedir la suspensión del proceso, según corresponda legalmente.
Fernando Flores conserva la presunción de inocencia. La Fiscalía tiene la obligación de sostener cualquier acusación con elementos suficientes.
Los videos pusieron los hechos a la vista pública. Convertirlos en una acusación sólida es responsabilidad de la Fiscalía. Después de 130 días, la pregunta es por qué todavía le falta conseguir el dictamen de identificación y qué hizo durante ese tiempo para obtenerlo.


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