Iniciaron pocos, fueron en aumento y ahora se vive una gran efervescencia en el Sindicato Unificado de Maestros y Académicos del Estado de México (SUMAEM), al conocer todos los días a docentes de diferentes niveles educativos del subsistema educativo estatal, que se incorporan a la organización gremial con registro sindical R. S. 2/2007, ejerciendo la libertad sindical conquistada por los fundadores de este gremio en 2009 para su aplicación en nuestra entidad.
La parte complicada del proceso ya pasó, las dificultades para formar al SUMAEM parecen quedar en el pasado, ahora el referente que se construye en los maestros es diferente, están transitando del miedo de desincorporarse del sindicato único hasta 2009, a la comprensión inicial de que los trabajadores tiene derecho de formar sindicatos y desafiliarse del que los tenía cautivos, sin necesidad de una autorización previa por parte de los órganos del poder público, tal y como lo establece la jurisprudencia “sindicato, libertad para formarlos”, visible en el semanario judicial de la federación.
La autoridad no puede interferir en la vida interna de un sindicato una vez que se considere legalmente constituido, la ley se los prohíbe, los mandos en educación están impedidos en amenazar, intimidar o sancionar a los docentes que por su libre determinación van decidiendo afiliarse al SUMAEM, al estar todos obligados a cumplir con el mandato de las leyes laborales.
Los supervisores, directores escolares, auxiliares de supervisión entre otros, en su carácter de autoridad no tienen competencia legal para tomar actitudes y acciones contrarias a derecho, en perjuicio de lo establecido en la ley, hacerlo incurrirían en delitos tipificados incluso en el ámbito federal, que se pueden perseguir desde los Códigos Penales vigentes, la protección de la libertad sindical está garantizada en nuestro país y en el marco normativo internacional.
Desde la experiencia del SUMAEM, al registrarse ante la autoridad del trabajo local, que en el caso particular fue en el Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje, tardamos en entender que dicha autoridad tenía prohibido negar el registro del sindicato, como ocurrió, por eso fueron vencidas sus ilegales determinaciones ante la justicia federal, al haber satisfecho los requisitos formales, gozando desde ese momento de personalidad jurídica inherente a los sindicatos legalmente registrados.
En este trayecto hemos observado en los cambios de mesa directiva, que si bien es obligación del sindicato comunicar a la autoridad dichos cambios, está no está facultada de manera algunas, para que intervenga en tales determinaciones, reservado exclusivamente para los integrantes de los sindicatos; corriendo la misma determinación para la patronal, que no puede intervenir en dichos procedimientos y mucho menos en pretender impedir la libre elección de los docentes al determinar su preferencia sindical a partir de la afiliación al sindicato que él decida, como ocurre actualmente a favor del SUMAEM.
Los avances de la legislación hasta la fecha garantizan que el trabajador puede actuar con plena libertad, la autoridad carece de fundamento legal para pretender impedirlo, hacerlo contraviene un mandato superior y estaría en pugna con el texto de la Ley que la rige.
Esta información está permeando en el magisterio, los miedos se van perdiendo y sin temores hoy se contraponen a las acciones ilegales que cometen muchas autoridades educativas por desconocimiento o simplemente actuando con dolo y mala fe en perjuicio del trabajador, superables desde la propia ley.
Por ello maestras y maestros ya no se están dejando engañar, mucho menos espantarse con el petate del muerto, como dice el dicho popular.
Feliz día a todas las Lupitas en su día y a todos los amigos de nombre José Guadalupe, por supuesto.
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