La historia comienza antes de que el escándalo tuviera nombre
En el archivo de un instituto electoral hay nombres que duran más que los consejeros. Cambian las presidencias, se renuevan los órganos de dirección, llegan nuevas leyes y se suceden elecciones de gobernador, diputados, alcaldes y jueces. Pero el mercado que abastece las urnas conserva una memoria menos visible: la de quienes conocen los plazos, las especificaciones, las oficinas que deciden y el valor de una elección cuando el calendario ya no admite demoras. En esa memoria aparece, desde hace más de un cuarto de siglo, José Alfredo Hernández Casillas.
La historia no empieza en la presidencia de Guadalupe Taddei ni en los contratos federales que hoy examina la Auditoría Superior de la Federación. Su primer capítulo está en Toluca, en 1999, cuando el Instituto Electoral del Estado de México compraba los materiales para elegir gobernador. La disputa enfrentó a proveedores y funcionarios, produjo acusaciones sobre el procedimiento y quedó asociada, en una investigación publicada años después, con la salida de José María Sáinz Gómez Salcedo, entonces presidente del organismo. El episodio merece una reconstrucción exacta porque la hemeroteca y los acuerdos oficiales no cuentan, sin más, la misma historia.

En mayo de 2005, Nayeli Cortés y Teresa Montaño publicaron en El Universal que Hernández Casillas había actuado como representante legal de Cartonera Plástica durante aquella controversia. La nota identificó además al secretario general José Bernardo García Cisneros, a la exconsejera Nelly Gómez Haz y al contralor Héctor Lara. Según ese relato, las propuestas iniciales habían colocado a Cartonera Plástica en 22.5 millones de pesos, frente a 14 millones de Formas Finas y 11 millones de Plásticos y Metales MIC. La diferencia era lo bastante grande como para exigir una explicación pública sobre la evaluación de las ofertas.
La investigación describió la descalificación de Formas Finas, las objeciones del contralor, la controversia por documentos presentados contra él y un dictamen que, según el periódico, García Cisneros promovió para adjudicar a Cartonera Plástica. Pero el documento oficial que sí puede leerse hoy, el Acuerdo 43 del 14 de mayo de 1999, consigna una adjudicación distinta: los materiales electorales fueron asignados a Plásticos y Metales MYC y la documentación a Litho Formas. Lo firmaron Sáinz Gómez Salcedo y García Cisneros. El dato no elimina la controversia previa; obliga a determinar qué dictámenes se sucedieron, cuál fue el desenlace de cada uno y si hubo procedimientos distintos. No sería periodismo documental convertir el relato de una propuesta en la prueba de una adjudicación consumada.
En abril de 1999, otro acuerdo, el número 31, había ratificado a García Cisneros como secretario general. El 29 de mayo de 2000, el Acuerdo 58 formalizó la renuncia irrevocable de Sáinz, comunicada por el Congreso tres días antes. García Cisneros aparece también en esa transición. Es una continuidad de cargo que los documentos demuestran. La razón precisa de la renuncia, en cambio, no figura acreditada en el acuerdo. Atribuirla exclusivamente al expediente de Cartonera Plástica exigiría la documentación administrativa y legislativa que aún falta recuperar.
Hay, sobre todo, una ausencia que impide cerrar la primera escena: el poder notarial o acta de licitación que identifique a Hernández Casillas como representante de Cartonera Plástica en 1999. El Universal lo señaló expresamente; esa atribución periodística tiene valor como antecedente y ruta de búsqueda, pero no reemplaza el instrumento mercantil original. El documento sería crucial porque permitiría seguir al mismo operador desde la primera crisis hasta los expedientes posteriores sin saltar de una empresa a otra por mera semejanza de nombres.

La segunda sacudida
En 2005 el problema dejó de ser un recuerdo de la elección anterior. El IEEM volvió a contratar materiales electorales y Cartonera Plástica apareció en el centro de una licitación de aproximadamente 63.7 millones de pesos. La controversia estalló a unas semanas de la jornada electoral. Hubo acusaciones de ofrecimientos de dinero, señalamientos entre consejeros, impugnaciones y una crisis política que terminó con la salida del presidente José Juan Gómez Urbina y de los integrantes del Consejo General. Entre ellos estaba García Cisneros, ahora como consejero electoral: el funcionario cuya firma había quedado en los acuerdos de 1999 y 2000.
No es necesario convertir cada acusación en un hecho demostrado para apreciar la gravedad institucional de aquel episodio. Una autoridad creada para ofrecer certidumbre a las elecciones había llegado a una situación en la que sus propias decisiones de compra eran objeto de disputas públicas y litigios. La cuestión no era únicamente el precio de las urnas, sino la capacidad de los consejeros para justificar ante los partidos y los ciudadanos por qué una empresa debía recibir el contrato.
La sentencia federal SUP-JRC-120/2005 permite abandonar la zona de las versiones y entrar en la de los expedientes. Allí aparece Hernández Casillas como representante de Servicios, Asesorías y Materiales Electorales, Samesa, mediante un poder notarial localizado en la foja 031 de la carpeta accesoria tres del expediente RA/17/2005. Cartonera Plástica, en cambio, compareció representada por su administrador único, Eugenio Medina Zambrano, según la documentación de la carpeta accesoria uno. El tribunal no tuvo por probado que ambas empresas estuvieran representadas por la misma persona. Esa precisión es esencial: demuestra la intervención formal de Hernández Casillas en el procedimiento de 2005, pero no autoriza a presentarlo como representante simultáneo de Cartonera Plástica.

El tribunal examinó además el antecedente de un retraso en la entrega de materiales por Cartonera Plástica en un contrato con el instituto electoral capitalino, así como las reglas de competencia aplicadas en la licitación mexiquense. La controversia sobre el número de propuestas admitidas y la posibilidad real de compararlas quedó asentada en la discusión judicial. Para esta historia, el valor de la sentencia no consiste en resolver todas las sospechas que rodearon la contratación, sino en establecer cuáles fueron las personas, los documentos y los agravios sometidos a examen.
Así se entiende la persistencia de un nombre sin necesidad de inventar una empresa única o una organización probada: Hernández Casillas figura en la reconstrucción periodística de 1999 como representante de Cartonera Plástica y aparece documentalmente en 2005 como apoderado de Samesa. La distancia entre ambas funciones, y la eventual relación mercantil entre las sociedades, debe probarse con poderes, actas constitutivas y movimientos societarios, no con la repetición de un apellido.
Las compras sobreviven a las crisis
El siguiente tramo ya no está dominado por una renuncia espectacular, sino por la normalidad administrativa. Entre 2009 y 2025, el inventario documental construido por AD reúne dieciséis adjudicaciones y dos ampliaciones con cuatro empresas que aparecen en investigaciones sobre este mercado: Formas Finas y Materiales, Seriplast de México, Corporativo Zeg y Cajas Graf. El monto contractual acumulado es de 64 millones 45 mil 177.96 pesos. No es una suma de dinero pagado a Hernández Casillas ni prueba que las cuatro sociedades hayan tenido un mismo propietario; es el universo de contratos públicos que pudo identificarse y cotejarse.
Diez de esos instrumentos, entre 2009 y 2025, llevan la firma de Francisco Javier López Corral por el IEEM. La serie atraviesa distintas integraciones del Consejo General y diversas elecciones. Una firma reiterada no constituye irregularidad por sí misma. Sí permite preguntar, con documentos en la mano, cómo se mantuvieron los procedimientos, qué verificaciones se practicaron a los proveedores y qué funcionarios asumieron las decisiones de compra. La continuidad administrativa no es una acusación: es una circunstancia comprobable que permite reconstruir responsabilidades.

El capítulo de 2025 ofrece el contraste más claro entre el lenguaje de las decisiones públicas y sus efectos económicos. En plena organización de la elección judicial, el IEEM adjudicó directamente a Cajas Graf el contrato 109/25/AD, firmado el 25 de marzo, por 15 millones 732 mil 100 pesos. El objeto eran 20 mil cajas paquete y 10 mil urnas. Apenas dieciséis días después, el 10 de abril, firmó el contrato 190/25/AD por un millón 165 mil 443.45 pesos para cintas de seguridad y sujetadores de bolígrafo. La suma es precisa: 16 millones 897 mil 543.45 pesos.
La urgencia fue la justificación administrativa para prescindir de la licitación pública. El expediente mayor registra el 13 de marzo como fecha de adjudicación, un calendario de producción que comenzaba el día 15 y una firma contractual del 25. En la partida principal del cuadro comparativo recuperado por AD aparece una sola oferta económica. Son hechos documentados que justifican revisar el cumplimiento de los requisitos de excepción; no bastan, aislados, para declarar ilegal la compra.

Las páginas de firmas identifican a Fabiola Araceli Rocha Pérez como apoderada de Cajas Graf y a López Corral como representante del instituto. La versión estenográfica del Consejo General muestra una aprobación unánime del acuerdo relativo a materiales electorales. No es lo mismo aprobar las características de esos materiales que adjudicar individualmente un contrato a una empresa; confundir ambos actos oscurecería precisamente la ruta de responsabilidades que se busca esclarecer.


El segundo contrato repitió la contratación directa. El expediente de AD contiene las partidas, importes y firmas. La documentación disponible permite afirmar qué obligaciones se pactaron, pero no que la totalidad del importe se haya pagado: para eso hacen falta facturas, transferencias, actas de entrega y constancias de aceptación.


La crisis que terminó por alcanzar al INE
El 26 de octubre de 2026, la historia adquirió una dimensión nacional. Guadalupe Taddei presentó su renuncia a la presidencia del Instituto Nacional Electoral después de investigaciones periodísticas sobre contrataciones y relaciones personales con proveedores. La Auditoría Superior de la Federación abrió una revisión de posibles irregularidades. La dimisión está documentada por la comunicación oficial del INE del día 25 y por la recepción de la carta en la Cámara de Diputados el 26. No demuestra, por sí misma, que Taddei interviniera en una adjudicación específica del IEEM ni que los hechos investigados constituyan delitos.
Una investigación publicada por La Jornada este mismo 26 de octubre rastreó al menos 49 contratos entre 2018 y 2025, por alrededor de mil 450 millones de pesos, otorgados por el INE y organismos electorales locales a sociedades que el diario vincula con Hernández Casillas. Esa cifra pertenece a una investigación periodística nacional con un universo de entidades y contratos distinto del inventario mexiquense de AD; no deben sumarse ambos montos ni presentarse como patrimonio personal del empresario. Animal Político describió asimismo una red de sociedades presuntamente vinculadas con el proveedor. La naturaleza de cada vínculo requiere sus propios instrumentos mercantiles.
La secuencia temporal aporta una observación importante: de los 64.05 millones de pesos inventariados por AD en el IEEM, 45.75 millones corresponden a operaciones anteriores a abril de 2023, cuando Taddei asumió la presidencia del INE. La red de proveeduría investigada, por tanto, no puede reducirse a una relación surgida durante esa administración. Tampoco hay prueba en los contratos locales de una intervención personal de Taddei. La pregunta pertinente es más antigua y más amplia: cómo se organizó y sostuvo, bajo distintas autoridades electorales, un mercado especializado en el que aparecen repetidamente determinadas sociedades y operadores.
La renuncia de una presidenta nacional no resuelve esa pregunta. La desplaza hacia los expedientes. Si hubo conflictos de interés, acuerdos indebidos o ventajas ilegales, deberán identificarse en actos concretos, flujos de dinero, vínculos de representación y decisiones administrativas. Si no los hubo, la revisión también deberá establecerlo. La fuerza de la investigación está en resistirse a dictar un resultado antes de que los documentos lo permitan.
En Toluca, la historia comenzó con un contralor que cuestionó una licitación, un secretario general cuyo nombre reaparece en dos crisis y un proveedor identificado por la prensa. En 2005 pasó por los tribunales y dejó una representación notarial identificada con número de foja. Dos décadas después, volvió a asomar en contratos de urnas, cajas y materiales electorales, mientras una investigación nacional ampliaba el mapa de empresas y adjudicaciones. El hilo no es una condena preestablecida. Es la necesidad de explicar, con precisión, cómo se compran las herramientas con las que México organiza sus elecciones y quiénes han participado durante un cuarto de siglo en ese negocio.
La historia de José Alfredo Hernández Casillas todavía tiene documentos por recuperar. Precisamente por eso no debe cerrarse con una insinuación que suplante a la prueba. La primera obligación de un reportaje sobre la contratación electoral es tan elemental como la que se exige a una elección: que cada resultado pueda verificarse.
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