El rector de la autónoma mexiquense, Alfredo Barrera Baca, anunció que la Administración 2017-2021 responde a las exigencias de los colectivos feministas e impulsó la reforma al Estatuto Universitario, con el propósito de reforzar la prevención, atención y sanción de cualquier tipo de violencia, particularmente contra las mujeres.
Al presidir la sesión extraordinaria del H. Consejo Universitario, en la que se aprobó por unanimidad dicha reforma, el rector puntualizó que de esta manera se asegura un marco jurídico que responda al contexto actual y garantice la sanción y destitución de acosadores y hostigadores sexuales.
Ante los integrantes del máximo órgano de gobierno de la institución, Barrera Baca sostuvo que esta reforma es la respuesta más comprometida a las expresiones, señalamientos y demandas de los colectivos feministas y alumnos paristas, que a través de pliegos petitorios y tendederos de denuncias manifestaron su inconformidad, hartazgo y rechazo a la violencia contra las mujeres.
Subrayó que el motivo principal de las reformas y adiciones a los títulos primero, segundo y tercero del Estatuto Universitario es comprometer a la comunidad auriverde a contener y abatir la violencia de género, comprometer a cada universitario a construir una cultura de paz y justicia.
Entre las reformas destacan la creación del artículo 43 Bis. en el título segundo del Capítulo VII, referente a señalar con precisión las faltas a la responsabilidad universitaria para el alumnado y personal académico como son: acoso sexual, hostigamiento sexual, bullying, ciberbullying, cosificación, mobbing, violencia de género, violencia digital, violencia física, violencia psicológica, violencia sexual, discriminación por cualquier motivo, robo y maltrato.
Asimismo, introducir, portar o consumir bebidas alcohólicas, narcóticos, enervantes o cualquier otra sustancia no autorizada en las instalaciones universitarias, tratos inhumanos, crueles o degradantes, coartar la libertad de expresión, uso indebido de datos personales y cualquier otra conducta que vulnere derechos humanos y universitarios.
En el artículo 47, que señala las sanciones impuestas al personal académico, destacan la adición de la inhabilitación definitiva y la destitución. Se prevé que de incurrir en las faltas señaladas en el art. 43 Bis. serán consideradas como graves y el personal académico que sea destituido de su cargo estará inhabilitado de forma permanente para desempeñar cualquier trabajo académico o administrativo en la UAEMex.


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