Estas son las reglas de operación del programa “Reparación a víctimas u ofendidos del delito de feminicidio”

Estas son las reglas de operación del programa “Reparación a víctimas u ofendidos del delito de feminicidio”
El monto del apoyo será de hasta 450 mil pesos, el cual se triplicará si el delito se cometió en el transporte público o escolar, además de vehículos oficiales o de servicio

Las Secretarías de Justicia y Derechos Humanos (SJDH) y de la Mujer publicaron las reglas de operación del programa “Reparación a víctimas u ofendidos del delito de feminicidio” en el Estado de México. 

De acuerdo con lo publicado en la Gaceta de Gobierno del pasado 26 de febrero, el objetivo de este programa es “garantizar a las Víctimas y Ofendidos del delito de feminicidio, el acceso a una medida de compensación pecuniaria, que exprese la voluntad del Estado por reconocer su responsabilidad, donde se materialice su compromiso con mejorar las condiciones de vida de las víctimas y la reconstrucción de su proyecto de vida”.

En el caso del delito de feminicidio, la compensación será de hasta cinco mil unidades de medida y actualización; si este se presentara en transporte público de pasajeros, oficiales, escolares en servicio u otros, dicha cantidad podría elevarse hasta tres veces.

Para la ejecución de este programa el Gobierno del Estado de México tiene un presupuesto de 47 millones de pesos.

¿Cuáles son los requisitos para acceder al programa?

  1. Contar con la calidad de Ofendidos por el delito de feminicidio
  2. En el caso de que los beneficiarios sean menores de edad, podrán solicitar el beneficio del Programa a través de su representante legal (padre o tutor o curador), acompañando a la solicitud, la guarda y custodia provisional o definitiva expedida por autoridad competente
  3. En caso de que los solicitantes no cuenten con la guardia y custodia provisional o definitiva expedida por autoridad competente, la Unidad de Trabajo social deberá realizar estudios en matera de trabajo social correspondientes para determinar si el solicitante tiene bajo su cuidado a los menores beneficiarios
  4. No haber recibido compensación o reparación del daño por el mismo delito como parte de la reparación integral del daño por cualquier otra vía o institución, lo que podrá acreditarse con el oficio del juez de la causa penal o algún otro medio fehaciente
  5. Que el delito del que deriva su calidad de Víctima u Ofendido se haya cometido, continuado o consumado en el Estado de México

¿Qué documentos se deben presentar?  

  1. Carta de solicitud de acceso al Programa, suscrita por los Ofendidos, reconocidos por autoridad judicial en sentencia definitiva siempre y cuando se cuente con esta;
  2. Copia de la sentencia donde se dicta la reparación del daño
  3. Para el caso de que se desconozca el paradero del presunto responsable o la carpeta se encuentre en etapa de investigación, deberá suscribirse la Carta de solicitud de acceso al Programa, por la que la o el Ofendido compruebe la relación directa con la Víctima
  4. En el caso de niñas, niños o adolescentes, que sean reconocidos por autoridad judicial como Ofendidos, para recibir la reparación del daño, deberá suscribirse la carta de solicitud de acceso al Programa, a través de quien tenga a su cuidado a los menores o de quien ejerza la patria potestad, tutor, o curador, según sea el caso, que se encuentren reconocidos jurídicamente para representarlos, en este caso deberá presentarse la documentación que acrediten la guarda y custodia de quien solicita el acceso al programa en nombre y representación de las Niñas, Niños o Adolescentes, menores de edad, así como copia de identificación oficial
  5. En los casos de difícil ejecución procesal, (por el desconocimiento de la localización del imputado, la muerte de este o la falta de alguna línea de investigación), que cumpla con las características que determinen que se encuentran ante un caso de muerte por violencia de género, la Unidad encargada de su atención dentro de la Comisión Ejecutiva y que canaliza, deberá remitir tarjeta informativa que sustente los hechos susceptibles para el acceso a este programa, a fin de integrar el dictamen de reparación
  6. Contar con una cuenta bancaria a nombre del beneficiario donde se realizará el depósito o transferencia electrónica del recurso
  7. Contar con número de registro, ante el Registro Estatal de Víctimas
  8. No haber sido beneficiado por alguna otra institución pública o privada

El programa cubrirá los 125 municipios del Estado de México, el trámite es gratuito y será la Comisión Ejecutiva a través de la Unidad de Trabajo Social, la responsable de la carta de solicitud de acceso al Programa a aquellos Beneficiarios que acrediten tener la calidad de Ofendidos por el delito de feminicidio.

El monto del apoyo será de hasta 450 mil pesos, el cual se triplicará si el delito se cometió en el transporte público o escolar, además de vehículos oficiales o de servicio.