Fechas clave de la elección del Poder Judicial Edomex

Los diputados del Estado de México aprobaron reformas al Código Electoral para regular la elección extraordinaria del Tribunal de Disciplina Judicial, magistraturas y jueces vacantes. La votación será el 1 de junio y la renovación completa en 2027
enero 15, 2025

La LXII Legislatura del Estado de México (Edomex) aprobó modificaciones al Código Electoral para regular la elección extraordinaria del Tribunal de Disciplina Judicial, magistraturas y vacantes de jueces. Esta elección se realizará el próximo 1 de junio, mientras que la renovación completa será en 2027.

Las reformas incluyen 34 artículos y la adición del Libro Décimo, «De la Elección de Personas Juzgadoras», con 58 artículos nuevos. El proceso estará a cargo del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM), que supervisará la convocatoria, reglas, boletas y debates.

Cada poder del estado (Ejecutivo, Judicial, Legislativo) formará —dentro de los 15 días posteriores a la publicación de la convocatoria— comités de evaluación para integrar listas, las cuales serán depuradas mediante insaculación pública, asegurando paridad de género.

Fechas clave de la elección judicial Edomex

  • Primera semana de enero de 2025: Inicio de la preparación del proceso con sesión del IEEM.
  • 6 de enero de 2025: Publicación del Decreto número 63 en la Gaceta del Gobierno.
  • Primera semana de febrero de 2025: Emisión de la convocatoria general por la Legislatura.
  • 7 de febrero de 2025: Instalación de Comités de Evaluación.
  • 10 de febrero de 2025: Publicación de convocatorias específicas.
  • 11 al 16 de febrero de 2025: Periodo de inscripción de aspirantes.
  • 12 de febrero de 2025: La Legislatura entrega listas y expedientes de las personas juzgadoras al IEEM.
  • 18 de febrero de 2025: Verificación de requisitos de elegibilidad.
  • 19 de febrero de 2025: Publicación de listado de aspirantes elegibles.
  • 24 de febrero de 2025: Evaluación y publicación de resultados de idoneidad.
  • 26 de febrero de 2025: Depuración de listados por insaculación pública.
  • 27 de febrero de 2025: Remisión de listados a la Legislatura.
  • 28 de febrero de 2025: Envío de listados finales al IEEM.
  • 24 de abril de 2025: Inicio de campañas electorales (38 días antes de la elección).
  • 28 de mayo de 2025: Fin de campañas electorales (3 días antes de la elección).
  • 1 de junio de 2025: Jornada electoral.
  • 28 de agosto de 2025: Resolución de impugnaciones.
  • 5 de septiembre de 2025: Toma de protesta de las personas electas.
  • 22 de septiembre de 2025: Adscripción de jueces a sus órganos judiciales.

Funciones del IEEM

Al igual que en cualquier elección popular, el IEEM:

  • Emitirá las reglas generales
  • Aprobará el diseño de boletas y materiales electorales
  • Calculará los topes de gastos de campaña
  • Garantizará el acceso equitativo a radio y televisión
  • Supervisará que no haya actos de proselitismo indebido por partidos políticos o personas servidoras
  • Podrá ajustar las jurisdicciones judiciales para facilitar el ejercicio del voto
  • Organizará debates
  • Habilitará un sitio web para difundir información sobre las candidaturas

Requisitos para los cargos:

  • No estar en el registro de deudores alimentarios ni haber sido condenado por delitos como violencia política o violencia de género.
  • Presentar un ensayo de 3 cuartillas y 5 cartas de recomendación.
  • Ser ciudadano mexicano, haber residido en el Estado de México el último año, tener un promedio de 8 a 9 en materias de especialidad.
  • Los aspirantes a magistrados deben contar con al menos 3 años de experiencia y cumplir con requisitos relacionados con su reputación y experiencia política.

Duración y elección de cargos

  • Jueces y magistrados serán electos por voto popular y durarán 9 años en sus cargos.

Renovación de la presidencia del Tribunal Superior:

  • La presidencia se renovará cada 2 años, de forma rotatoria y con respeto a la paridad de género.
  • Asumirá la presidencia quien obtenga el mayor número de votos.

Restricciones para las personas elegidas

  • No podrán desempeñar otro cargo, comisión o trabajo remunerado durante su periodo.
  • Durante los 2 años posteriores a su mandato, no podrán ejercer como abogados ni representar a terceros ante el Poder Judicial.

Sustitución del Consejo de la Judicatura:

  • Se elimina el Consejo de la Judicatura y se crean dos nuevos órganos:
    • Tribunal de Disciplina Judicial
    • Órgano de Administración Judicial

Tribunal de Disciplina Judicial:

  • Integrado por 5 personas electas por voto popular.
  • Durarán 6 años en el cargo, con presidencia rotatoria cada 2 años y garantizando la paridad de género.
  • Encargado de resolver procedimientos administrativos contra servidores públicos judiciales.
  • Podrá imponer amonestaciones, suspensiones, sanciones económicas, destituciones e inhabilitaciones.
  • Los magistrados solo podrán ser removidos por la Legislatura.

Órgano de Administración Judicial:

  • Conformado por 5 personas:
    • 1 designada por el Ejecutivo,
    • 1 por el Legislativo,
    • 3 por el Pleno del Tribunal.
  • Responsable de la organización, planeación, presupuesto y administración del Poder Judicial.
  • Encargado de la gestión de la carrera judicial.

Con estas reformas al Código Electoral, el Edomex busca garantizar una elección judicial transparente, incluyente y equitativo en la elección de jueces y magistrados, fortaleciendo la independencia y la rendición de cuentas.

La creación del Tribunal de Disciplina Judicial y del Órgano de Administración Judicial marca un cambio significativo en la estructura del Poder Judicial, enfocado en combatir la corrupción y asegurar la imparcialidad en la impartición de justicia.

Síguenos

PUBLICIDAD

BOLETÍN

Únete a nuestra lista de correo

Como tú, odiamos el spam

Síguenos