El fiscal general de justicia del Estado de México (Edomex), José Luis Cervantes Martínez, nombró como vicefiscal general al maestro Martín Marín Colín y como fiscal especial en combate a la corrupción al doctor Rodrigo Archundia Barrientos.
El vicefiscal general, Martín Marín Colín, es maestro en Ciencias Penales por el Instituto Nacional de Ciencias Penales, y en el Sistema de Justicia Penal Acusatorio y Adversarial por la misma institución, así como varias especialidades y cargos en su historial.
Dentro de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México (FGJEM), ha ocupado los cargos de fiscal de asuntos especiales entre los años 2015 y 2018; fiscal regional de Toluca de 2018 a 2022 y coordinador de asesores del fiscal general del 1 de abril de 2022 al 30 de abril pasado.
Durante su trayectoria fue responsable de diversas investigaciones en materia de delitos contra la salud, lavado de dinero, tráfico y acopio de armas, delincuencia organizada, terrorismo, tráfico de menores, pornografía infantil por internet y tráfico de personas.
Fiscal especial anticorrupción
Asimismo, el nuevo fiscal especial de combate a la corrupción, Rodrigo Archundia Barrientos, es doctor en Derecho por la Universidad Ejecutiva del Estado de México y recibió además el doctorado honoris causa por el Instituto Mexicano de Victimología.
En su trayectoria ha recibido diversas distinciones y reconocimientos por parte de autoridades y organizaciones nacionales e internacionales, como el reconocimiento de participación en la captura de uno de los 10 fugitivos más buscados por el FBI.
Tras designar y tomar la protesta a los servidores públicos, el fiscal general, José Luis Cervantes, les instruyó desempeñarse en favor de la sociedad con estricto apego a derecho, honorabilidad y total empatía a las víctimas para concretar objetivos de la FGJEM.
Finalmente, en el nombramiento del nuevo fiscal especial de combate a la corrupción, el fiscal general del Edomex envió el nombramiento a la LXI Legislatura del Estado de México para satisfacer el trámite constitucional, con fundamento en el artículo 83 Bis de la Constitución Política del Estado de México.