La Secretaría de Movilidad prevé en su presupuesto la constitución del Fondo de Movilidad para Ciclistas y Transeúntes del Edomex (FOMOCyT). Aquí te contamos qué es y en qué consiste.
Para qué sirve y cómo funciona
De acuerdo con el artículo 55 de la Ley de Movilidad, el Fondo de Movilidad para Ciclistas y Transeúntes del Edomex (FOMOCyT) tiene como objetivo construir, implementar mejoras y mantenimiento de infraestructura para la movilidad alternativa, no motorizada, ciclista y peatonal.
Asimismo, realizar acciones para reducir los accidentes peatonales y ciclistas e implementar políticas de fomento al uso de bicicleta y demás medios de transporte no contaminantes.
Este instituto se integra por un Comité Técnico, que debe analizar y determinar las acciones y proyectos a desarrollarse con los recursos presupuestales necesarios que asigne la Secretaría de Movilidad, a través de la Legislatura estatal.
El monto del presupuesto se determinará en cada ejercicio fiscal y se deberá aplicar según lo que establezca el Comité Técnico.
¿Quién integra el Comité Técnico?
El Comité Técnico del Fondo de Movilidad para Ciclistas y Transeúntes del Edomex se integrará por un representante de:
- Secretaría de Movilidad (SEMOV): fungirá como presidente
- Secretaría de Finanzas
- Junta de Caminos
- Dirección General de Vialidad
- Sistema de Autopistas, Aeropuertos, Servicios Conexos y Auxiliares del Edomex
- Sistema de Transporte Masivo y Teleférico del Estado de México
Cómo opera el Fondo de Movilidad para Ciclistas y Transeúntes del Edomex
El Comité Técnico del FOMOCyT deberá sesionar de manera ordinaria al menos dos veces al año y de manera extraordinaria las veces que lo considere necesario. Las decisiones se tomarán por mayoría de votos y todos los integrantes tienen la obligación de pronunciarse en la votación.
Durante dichas sesiones, los representantes revisarán y determinarán qué acciones y proyectos que las “unidades Ejecutoras” -la Dirección General de Vialidad y los organismos descentralizados de la SEMOV- presentaron se pueden ejecutar.
Cuando el Comité autorice viables las propuestas, las “unidades ejecutoras” serán responsables de solicitar el presupuesto necesario a la Secretaría de Finanzas. Posteriormente, si se aprueba, podrán iniciar las adjudicaciones y contrataciones que se requieran.
Finalmente, deberán vigilar el desarrollo y conclusión de las obras.