Consulta aquí qué es el Fondo de Movilidad para Ciclistas y Transeúntes del Edomex

Consulta aquí qué es el Fondo de Movilidad para Ciclistas y Transeúntes del Edomex
Una de sus funciones es fomentar el uso de transportes no contaminantes

La Secretaría de Movilidad prevé en su presupuesto la constitución del Fondo de Movilidad para Ciclistas y Transeúntes del Edomex (FOMOCyT). Aquí te contamos qué es y en qué consiste.

Para qué sirve y cómo funciona

De acuerdo con el artículo 55 de la Ley de Movilidad, el Fondo de Movilidad para Ciclistas y Transeúntes del Edomex (FOMOCyT) tiene como objetivo construir, implementar mejoras y mantenimiento de infraestructura para la movilidad alternativa, no motorizada, ciclista y peatonal.

Asimismo, realizar acciones para reducir los accidentes peatonales y ciclistas e implementar políticas de fomento al uso de bicicleta y demás medios de transporte no contaminantes.

Este instituto se integra por un Comité Técnico, que debe analizar y determinar las acciones y proyectos a desarrollarse con los recursos presupuestales necesarios que asigne la Secretaría de Movilidad, a través de la Legislatura estatal.

El monto del presupuesto se determinará en cada ejercicio fiscal y se deberá aplicar según lo que establezca el Comité Técnico.

¿Quién integra el Comité Técnico?

El Comité Técnico del Fondo de Movilidad para Ciclistas y Transeúntes del Edomex se integrará por un representante de:

  • Secretaría de Movilidad (SEMOV): fungirá como presidente
  • Secretaría de Finanzas
  • Junta de Caminos
  • Dirección General de Vialidad
  • Sistema de Autopistas, Aeropuertos, Servicios Conexos y Auxiliares del Edomex
  • Sistema de Transporte Masivo y Teleférico del Estado de México

Cómo opera el Fondo de Movilidad para Ciclistas y Transeúntes del Edomex

El Comité Técnico del FOMOCyT deberá sesionar de manera ordinaria al menos dos veces al año y de manera extraordinaria las veces que lo considere necesario. Las decisiones se tomarán por mayoría de votos y todos los integrantes tienen la obligación de pronunciarse en la votación.

Durante dichas sesiones, los representantes revisarán y determinarán qué acciones y proyectos que las “unidades Ejecutoras” -la Dirección General de Vialidad y los organismos descentralizados de la SEMOV- presentaron se pueden ejecutar.

Cuando el Comité autorice viables las propuestas, las “unidades ejecutoras” serán responsables de solicitar el presupuesto necesario a la Secretaría de Finanzas. Posteriormente, si se aprueba, podrán iniciar las adjudicaciones y contrataciones que se requieran.

Finalmente, deberán vigilar el desarrollo y conclusión de las obras.