Autoridades estatales publicaron la nueva Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México (Edomex) con la que iniciará su gestión Delfina Gómez Álvarez.
Esta nueva estructura de gobierno entrará en vigor el próximo 16 de septiembre. La gobernadora electa deberá expedir la reglamentación de las dependencias en 90 días naturales. En tanto, se aplicará la normativa existente en lo que no se contraponga con la Ley Orgánica.
La nueva gobernadora, quien será la persona titular del Poder Ejecutivo, contará con una Jefatura de Gabinete y proyectos especiales. También con una Secretaría Técnica y Vocería de la Gubernatura para auxiliarla en sus labores.
Ley Orgánica de la Administración Pública del Edomex
Para empezar, la nueva ley señala que la administración pública del Edomex deberá regirse por los principios de legalidad, profesionalismo, inclusión, racionalidad, imparcialidad, eficiencia, eficacia, economía y transparencia. Esto con el fin de garantizar un buen gobierno y lograr el bienestar de las personas.
Esta nueva ley también establece que la estructura del gobierno estará compuesta por 16 secretarías, una Consejería Jurídica y una Oficialía Mayor (ambas con rango de secretaría).
Se tienen contemplados cambios en los nombres de algunas secretarías. La de Desarrollo Socia ahora será Secretaría del Bienestar. También se creará la Secretaría del Agua y la de Justicia y Derechos Humanos ahora será la Consejería Jurídica. Por su parte, la Secretaría de Educación pasará a ser la Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología y se le integrará el Consejo Mexiquense de Ciencia y Tecnología (Comecyt).
Además, en los artículos transitorios se especifica que los recursos humanos, materiales y financieros de la cultura física y deporte se transferirán a la Secretaría de Educación, Ciencia y Tecnología e Innovación.
Finalmente, los titulares de coordinaciones administrativas o similares y dependencias se encargarán de gestionar el proceso de transferencia de recursos. Asimismo, se buscará garantizar los derechos laborales de los servidores públicos que cambien de adscripción, de una dependencia a otra.