La Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) anuló la sentencia de pérdida de registro de Nueva Alianza Estado de México.
El pasado 24 de agosto, el Tribunal Electoral del Edomex (TEEM) confirmó la pérdida del registro del partido político local, porque no alcanzó el umbral mínimo del 3% de la votación válida emitida en la última elección de gubernatura 2023.
El TEEM, por unanimidad de votos, ratificó un acuerdo previamente emitido por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM), que designó a una persona interventora responsable del control y vigilancia de los recursos y bienes del partido Nueva Alianza Estado de México.
Sin embargo, los magistrados consideraron que la interpretación de ley que hicieron tanto el TEEM como el IEEM fue restrictiva. De acuerdo con el artículo 52, fracción segunda y tercera del Código Electoral, un partido pierde su registro si no obtiene por lo menos el 3% de la votación válida en alguna de las elecciones para gobernador, diputados locales y ayuntamientos.
Aunque Nueva Alianza no alcanzó dicho porcentaje en las elecciones para renovar la gubernatura, sí lo hizo en la elección de diputados de 2021. Por ello, los magistrados determinaron que Nueva Alianza debía conservar el registro.
Enfatizaron que se debió hacer una interpretación sistemática y funcional de la ley. Esto con el propósito de “favorecer la armonía de las normas como la forma en que están construidas”.
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