Se plantea que la emisión de contaminantes a la atmósfera de fuentes artificiales o naturales fijas o móviles debe ser controlada y reducida para asegurar una calidad de aire satisfactoria.
Entre otras cosas, la Secretaría del Medio Ambiente debe establecer medidas preventivas y correctivas para reducir las emisiones contaminantes, aplicar las normas oficiales mexicanas y los criterios y normas técnicas estatales; así como verificar periódicamente las emisiones.
Tanto la Secretaría del Medio Ambiente, como los municipios deben integrar y mantener actualizados los inventarios de las diferentes fuentes de contaminación a la atmósfera, establecer sistemas de monitoreo de la calidad del aire y de verificación de emisiones de vehículos automotores, así como sancionar a quienes no cumplan con las medidas de control.
Hasta ahora, los operativos y las multas se han enfocado a particulares para garantizar que verifiquen sus vehículos.
Desde hace 14 años en el Estado de México está expresamente prohibido contaminar la atmósfera, existe la obligación de controlar la emisión de contaminantes y la Secretaría de Medio Ambiente debe prevenir, controlar y disminuir las emisiones. Además, se prevén multas de hasta 1.7 millones de pesos por rebasar los límites de emisiones permitidos.
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