Las decisiones sobre guarda y custodia determinan con quién vivirá una niña o un niño cuando sus padres se separan y cómo mantendrá contacto con el progenitor que no tenga su cuidado cotidiano. En el Estado de México residían 4 millones 421 mil 644 menores de entre cero y 15 años, de acuerdo con información oficial basada en el Censo de 2020. En el ámbito nacional, un 28 % de la población menor de 18 años vivía solamente con su madre, el 3 % únicamente con su padre y otro 5.8 % sin ninguno de los dos.
Ante estas estadísticas, la diputada María del Carmen de la Rosa Mendoza, de Morena, presentó una iniciativa para reformar el Código Civil y la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de México.
La propuesta busca eliminar la preferencia automática hacia la madre y ordenar que las resoluciones se dicten con perspectiva de infancia, igualdad sustantiva y sin estereotipos de género.

Para decidir quién ejercerá la custodia, los jueces tendrían que analizar las condiciones particulares de cada familia y la capacidad real de cuidado de las personas involucradas.
Entre los elementos que deberán considerarse están la existencia de un entorno libre de violencia, la protección frente al abuso o descuido físico y emocional, las redes familiares de apoyo y las necesidades específicas de cada niña, niño o adolescente.
Uno de sus puntos centrales es que el trabajo doméstico y de cuidados no remunerado no pueda utilizarse, por sí solo, para considerar que una persona carece de recursos o capacidades para quedarse con la custodia. Para negar ese derecho, el juez tendría que presentar razones relacionadas con el bienestar y la seguridad del menor.
de su hija y la amenazó con acusarla de lesionar a otra menor. Antonia fue sentenciada, pasó un año y nueve meses en prisión y obtuvo una amnistía en 2024 después de que se revisaran circunstancias de violencia, pobreza y deficiencias en su defensa.

¿Cómo se decide actualmente una custodia?
Cuando una pareja se separa, puede alcanzar un acuerdo sobre el lugar donde vivirán sus hijos, las convivencias y la manera en que ambos participarán en su manutención; si no existe acuerdo, el conflicto llega ante un juez familiar.
El Código Civil del Estado de México todavía señala que la guarda y custodia provisional debe concederse preferentemente a la madre; también establece una consideración similar para los menores de 12 años. Después de esa edad, las niñas, niños y adolescentes pueden expresar con cuál de sus padres desean vivir, aunque la decisión final corresponde a la autoridad judicial.
El juez debe escuchar a las partes, revisar las pruebas y valorar el entorno de los menores; después de esto, puede ordenar estudios de psicología familiar, evaluar a las nuevas parejas de los padres y enviar a los adultos a programas para mejorar sus habilidades de crianza.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sostenido que cada asunto debe estudiarse a partir de sus circunstancias personales, familiares, materiales y sociales. La iniciativa de De la Rosa Mendoza busca que esa obligación quede reflejada con mayor claridad en las leyes estatales.

Cabe aclarar en este punto que la modificación no entregaría automáticamente la custodia a los padres ni obligaría a establecer una custodia compartida, tampoco significaría repartir el tiempo de convivencia a la mitad en todos los casos.
Lo que cambiaría sería el punto de partida: el juzgado tendría que estudiar quién puede ofrecer el entorno más seguro y estable, sin asumir que una mujer cuida mejor por ser mujer o que un hombre tiene menor capacidad para hacerlo.
Este criterio podría beneficiar a padres que ya realizan las tareas principales de cuidado, pero también a madres cuyo trabajo doméstico o falta de ingresos propios ha sido utilizado en su contra. En los casos donde existan amenazas, agresiones o indicios de abuso, la protección de las víctimas tendría que mantenerse como prioridad.

Un problema presente en los juzgados mexiquenses
Para dimencionar el problema del que se habla, basta con observar los datos duros: durante los últimos cuatro meses de 2025, los Centros de Convivencia Familiar del Poder Judicial del Estado de México atendieron más de 11 mil 500 visitas familiares en Ecatepec, Toluca, Nicolás Romero e Ixtapaluca; en ellas participaron alrededor de 15 mil 300 niñas, niños y adolescentes.
Estas visitas se realizan cuando un juez determina que el encuentro con alguno de los padres debe desarrollarse en un espacio vigilado; sin embargo, esto no representa todos los juicios de custodia del estado, pero muestra la cantidad de familias que requieren intervención institucional para mantener el contacto entre padres e hijos.
Un caso que exhibió la manera en que pueden mezclarse los conflictos familiares, la violencia de pareja y las acusaciones penales fue el de Antonia “N”, una mujer de Nezahualcóyotl que pasó un año y nueve meses en prisión.
De acuerdo con la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, Antonia fue sentenciada a 12 años por lesiones agravadas después de que su hija cayó por unas escaleras; el organismo documentó que las autoridades no analizaron adecuadamente su situación de pobreza, la violencia que presuntamente ejercía su expareja ni las deficiencias de su defensa. La mujer obtuvo una amnistía en 2024.

Padres se manifiestan en Toluca
El pasado 9 de septiembre, integrantes del colectivo Soy Papá No Criminal se manifestaron frente a las sedes de los poderes Legislativo y Judicial, así como de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México, en Toluca.
El movimiento aseguró que acompaña cerca de 80 casos en 30 municipios mexiquenses en donde el actuar de las autoridades puede cuestionarse. Sus integrantes pidieron revisar la legislación civil y penal, realizar evaluaciones psicológicas y estudios de trabajo social antes de conceder una custodia, garantizar las convivencias y respetar la presunción de inocencia cuando existan denuncias.
Declaraciones recabadas por AD Noticias de los manifestantes señalaron que algunos de ellos llevan años sin poder ver a sus hijos; algunos otros manifestaron que los niños no se encuentran en buenas condiciones; sin embargo, sus reclamos no han sido escuchados.

Estas declaraciones, sumadas a las cifras proporcionadas por el colectivo, no han sido confirmadas en registros públicos del Poder Judicial, pero forman parte de una inconformidad que también se ha expresado en otras entidades del país.
La propuesta presentada este miércoles todavía deberá pasar por comisiones antes de llegar a una eventual votación; durante esta discusión se tendrá que precisar cómo se realizarán las evaluaciones familiares, qué instituciones participarán y de qué manera se garantizará que las niñas, niños y adolescentes sean escuchados sin exponerlos a nuevas presiones.
Quitar la preferencia materna de la ley modificaría la forma en que comienzan estos juicios, pero no resolvería por sí misma los retrasos, la falta de especialistas o los conflictos de convivencia. Su aplicación dependerá de que los juzgados cuenten con personal suficiente y de que cada expediente sea revisado desde la historia concreta de la familia, con la seguridad de las infancias como criterio principal.


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