No habrá candidaturas para misóginos

Las nuevas reformas tendrán el reto de ser aplicadas y generar consecuencias
mayo 11, 2020

En las siguientes elecciones federales no podrán ser candidatas ni candidatos quienes hayan sido condenados por violar los derechos político-electorales de las mujeres, es decir, por violencia política en razón de género. Esta conducta se castigará con penas de hasta seis años de prisión.

Las reformas aprobadas por el Senado en marzo de este año, y publicadas el 10 de abril, tipifican ese tipo de violencia en el ámbito federal y modifican siete leyes: la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
También la Ley General de Partidos Políticos, la Ley General en Materia de Delitos Electorales, la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República, la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

Las reformas no se limitan a estereotipar a los hombres como únicos generadores de violencia política de género e incluyen una limitante para que las mujeres que violentan los derechos políticos de otras mujeres tampoco lleguen al poder.

Esos últimos ajustes a diversos ordenamientos federales sancionan a quienes tengan por objeto anular, limitar o menoscabar el ejercicio efectivo de los derechos de las mujeres restringiendo su voto libre y secreto, ocultándoles información o proporcionándoles información falsa, imprecisa o incompleta.

También se castigará a quienes obstaculicen su campaña, o se encarguen de ordenar o distribuir propaganda para calumniarlas, degradarlas o descalificarlas, basándose en estereotipos, en divulgar mensajes o información privada por cualquier medio físico o virtual; las amenace, intimide o impida que tomen protesta y ejerzan el cargo.

Violencia política y sanciones

Con los ajustes, la violencia política de género se comete cuando se restringe a las mujeres sus derechos con base en tradiciones o costumbres; al imponerles actividades estereotipadas distintas a la representación política, al discriminarlas por estado de embarazo, con violencia de cualquier tipo, al obligarlas a suscribir documentos contra su voluntad, entre otras.

La ley tipifica la violencia política contra las mujeres con penas de uno a seis años de prisión y de 100 a 300 días de multa

Los cambios que entraron en vigor el mes pasado establecen como obligación de los aspirantes abstenerse de ejercer violencia política contra las mujeres, en razón de género o recurrir a expresiones que degraden, denigren o discriminen a otras aspirantes, precandidatas, candidatas, partidos, personas o instituciones públicas o privadas.

La ley tipifica la violencia política contra las mujeres con penas de uno a seis años de prisión y de 100 a 300 días de multa, con la posibilidad de aumentarlas en un tercio si se trata de candidatos independientes, y hasta en una mitad si son miembros de alguna comunidad indígena.

Además, prevé la posibilidad de reducir hasta en un 50% las ministraciones del financiamiento público a quienes incumplan con la prevención, atención y erradicación de esas conductas. En los casos graves y reiterados se puede llegar hasta la cancelación del registro del partido político.
Entre las medidas cautelares están: retirar la campaña de violencia, suspender el uso de prerrogativas a quien reitere la agresión, ordenar la suspensión del cargo partidista. Para reparar el daño se indemnizará a la víctima, habrá restitución inmediata en el cargo y disculpa pública.

El Edomex

En el estado de México ya está tipificada la violencia política de género desde septiembre del 2017, pero hasta el momento no se ha dictado una sola sentencia en contra de quienes han denunciado este tipo de conductas, y el primer caso acreditado ante los tribunales, a denuncia de la exsíndica de Jaltenco, Jhosselyn López Oropeza, sigue impune, pues ella ha acusado que la Fiscalía General de Justicia no ha actuado y todo quedó en exhortos.
Ella también había advertido que se requería una reforma para inhabilitar a quienes hubieran ejercido violencia.

La organización Las Constituyentes de la Ciudad de México busca que todas las constituciones locales limiten la participación en la vida política de quienes tengan comprobados casos de violencia política de género, violencia y omisión del cumplimiento de obligaciones alimenticias.
La bancada de Morena en la Legislatura mexiquense anunció que asumirá esa propuesta e impulsará reformas para frenar la violencia y lograr el pleno reconocimiento y ejercicio de sus derechos, pero hasta el momento no han presentado la iniciativa.

El plazo para hacerlo y se aprueben es el mes de septiembre porque legalmente no se puede legislar durante los 90 días previos al inicio del proceso electoral, programado para la primera semana de enero del 2021.
Sin embargo, tras la experiencia mexiquense, donde las sanciones han quedado en el papel, las nuevas reformas tendrán el reto de ser aplicadas y generar consecuencias… Jhosselyn sigue esperando justicia.

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