Desecha TEEM más de 31 quejas interpuestas por partidos políticos rumbo a la gubernatura del Edomex

Desecha TEEM más de 31 quejas interpuestas por partidos políticos rumbo a la gubernatura del Edomex
Sin materia para considerar que las candidatas, Alejandra del Moral y Delfina Gómez, cometieran actos anticipados de campaña.

Magistrados del Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) desestimaron la queja interpuesta contra de Alejandra del Moral y el PRI por publicitar su imagen en salas de Cine en intercampaña; también la interpuesta contra el morenista Horacio Duarte, por supuestamente ejercer violencia política en Razón de Género, al llamar “sin Moral” a la priista.

Durante la sesión de este martes los integrantes del TEEM desestimaron la mayoría de las acusaciones de los partidos políticos por actos anticipados de campaña y por la presunta vulneración al artículo 134 de la Constitución Federal en lo concerniente a los principios de neutralidad, imparcialidad, equidad en la contienda y uso indebido de recursos públicos.

Se dio resolución a 31 asuntos, donde los magistrados desecharon quejas de Morena

Las del representante del partido ante el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM): una en contra Alejandra del Moral y el Partido Acción Nacional (PAN) por la comisión de presuntos actos anticipados de campaña derivados de una publicación en Twitter, donde se invitó al registro de la denunciada como candidata única a la gubernatura del Edomex por dicho partido y la otra solo en contra de la priista por la difusión de spots en proyecciones de las salas de cine de la empresa Cinépolis durante el periodo de intercampaña. Los magistrados señalaron que no hay elementos necesarios para considerar que se infringe la normatividad electoral y posiciona de manera anticipada a los denunciados frente a la ciudadanía.

La queja que acusaba al presidente municipal de Amatepec, a Alejandra del Moral Vela y al Partido Revolucionario Institucional (PRI) por la presunta vulneración de dichos principios también fue desechada.  El Pleno consideró que la asistencia del alcalde a un evento de carácter proselitista, en día inhábil, fue en calidad de simpatizante, militante y delegado a la Convención Estatal de Delegados y Delegadas, a la que el PRI hizo alusión en la convocatoria al proceso interno

La presentada por el Partido Verde (PVEM) y Morena en contra de Del Moral —PAN, PRI, PRD, Panal— por actos anticipados de campaña. Además, las interpuestas contra los ciudadanos Santiago Gil y Jorge Romero Herrera por presunto uso indebido de recursos públicos fueron desechadas.

Respecto a la asistencia de Santiago Creel y Jorge Romero –diputados federales de la LXV Legislatura– a la toma de protesta de Alejandra del Moral, los magistrados recordaron que ha sido criterio de la sala especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) que las y los legisladores cuentan con una dualidad como integrantes de las legislaturas y como militantes o simpatizantes de partidos políticos, por lo cual su sola asistencia a eventos mítines o actos de su partido no implica la vulneración automática al principio de imparcialidad debido a que ello no se traduce necesariamente en el uso indebido de recursos públicos más aún cuando no se acredita el descuido de sus funciones legislativas.

Asimismo, el TEEM consideró que las publicaciones hechas por Alejandra del Moral en sus redes sociales, donde aparece la imagen de niños, no vulnera el principio del interés superior de la niñez. 

Por lo que respecta a las denuncias hechas por el Partido Revolucionario Institucional, el Pleno del órgano jurisdiccional consideró inexistencia de la violación denunciada en contra de María Gutiérrez Escalante, Carlos Galindo, Lilia Rivera Gutiérrez y Adrián Pérez Guerrero, presidenta municipal, ex secretario técnico, primera regidora y segundo regidor, respectivamente, del ayuntamiento de Tecámac por su asistencia a un evento de precampaña de Delfina Gómez Álvarez celebrado en dicho municipio, ya que sin bien asistieron en día hábil, los denunciados solicitaron licencia sin goce de sueldo aunado a que no se acreditó que hayan tenido una participación activa ni tampoco que hubieran realizado alguna manifestación.  

Los magistrados también desestimaron la queja del PRI en contra del séptimo regidor de Ecatepec, así como de Morena por su asistencia a un evento proselitista de Delfina Gómez Álvarez en dicho municipio. Argumentaron que las conductas denunciadas no vulneran ningún principio, pues también solicitó licencia para ausentarse de sus funciones. 

Otro procedimiento que se rebatió fue la denuncia contra de Adolfo Cerqueda Rebollo, presidente municipal de Nezahualcóyotl y el partido Morena, por asistir al evento de precampaña en Ecatepec y por culpa y vigilando, respectivamente.

La denuncia interpuesta por el PRI en contra de Horacio Duarte Olivares por la presunta comisión de violencia política en razón de género en perjuicio de la precandidata a la gubernatura Alejandra del Moral por un mensaje publicado en Twitter en el que usó la expresión “sin moral”, la cual se acusa que distorsiona el apellido paterno de la víctima, la discrimina y descalifica, fue rechazada. Consideraron que se trata de una crítica severa a una práctica antijurídica al estimar el presunto infractor que se está violando la ley electoral al promocionarse en periodo de intercampaña como candidata, sin que la autoridad electoral federal haga algo para detenerla o castigar esa conducta, respecto de lo cual no se advierte la intención de discriminarla por el hecho de ser mujer.  

La queja contra el diputado Sergio García Sosa por la indebida utilización de recursos públicos derivado de su asistencia a un evento proselitista en día laboral hábil no fue considerado una infracción para la mayoría de los magistrados, salvo para el magistrado Víctor Oscar Pasquel Fuentes, quien señaló que el legislador falto a sus responsabilidades, pues el día que faltó se celebró sesión de Pleno en la Legislatura. 

A favor, el TEEM resolvió que Morena si incurrió en falta al realizar una pinta de barda de un edificio escolar en el municipio de Acolman. 

“Se acredita la infracción consistente en la colocación de propaganda el lugar prohibido, en consecuencia se propone imponer una amonestación pública al partido político Morena”, indicaron.