Sancionarán a 6 personas por calumnias contra Daniel Serrano

Sancionarán a 6 personas por calumnias contra Daniel Serrano
Se deben emitir medidas de reparación, por lo que los responsables se deben disculpar públicamente

La Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación falló a favor de Daniel Serrano Palacios por un juicio interpuesto contra siete ciudadanos de Cuautitlán Izcalli que emitieron expresiones que denostaron, calumniaron y degradaron al ex candidato a la presidencia municipal de dicha demarcación.

Tras validar las más de 60 expresiones negativas contra Serrano Palacios, la Sala Regional Toluca ordenó al Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) que al haber resultado fundados los agravios, se deben emitir medidas de reparación, por lo que los responsables se deben disculpar públicamente por las manifestaciones de calumnia, denostación y discriminación proferidas en contra de Daniel Serrano.

En caso de que los responsables no se disculpen públicamente, podrían hacerse acreedores a un arresto administrativo por no acatar lo mandatado por estas instancias jurisdiccionales, tal como lo contempla el Código Electoral del Estado de México.

La sentencia de la Sala Regional validó la existencia de expresiones degradantes, discriminatorias, ofensivas o denostativas, así como la existencia de expresiones vinculadas con calumnia o equivalentes funcionales, por lo que se debe sancionar a los responsables.

Con esta sentencia se revoca la resolución dictada por el Tribunal Electoral del Estado de México en el expediente PES/318/2021 en la que había declarado inexistentes las violaciones atribuidas a los ciudadanos Felipe de Jesús Bravo Sánchez, Jesús Serrano Lora, Eduardo Ayala Velázquez, Octavio Reyes Hernández, Felipe Díaz González y Juan Miguel Rivera Molina y existente la violación objeto de la denuncia, relativa a calumnia, atribuida al ciudadano Miguel Pérez Patiño.