Inicia SAT periodo para la declaración anual de impuestos

Aquellos contribuyentes que deban pagar el ISR podrán realizarlo en parcialidades
abril 1, 2024

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) inició su campaña para la declaración anual de impuestos del ejercicio 2023 para personas físicas, con el eslogan #Declara2023.

Esta campaña comenzó el 1 de abril y se extenderá hasta el 30 de abril, siendo el plazo para cumplir con esta obligación.

Además, el SAT informó que aquellos contribuyentes que tengan que pagar Impuesto Sobre la Renta (ISR) podrán hacerlo en parcialidades.

Para realizar la declaración anual se necesita el RFC y contraseña o firma electrónica vigente, como se enfatiza en el video preparado por el órgano recaudador de impuestos.

De acuerdo con el SAT, las personas físicas obligadas a realizar la declaración anual de impuestos del ejercicio 2023 son las siguientes:

  • Trabajadores asalariados cuyos ingresos anuales excedan los 400 mil pesos y hayan tenido un solo patrón o hayan dejado de laborar antes del 31 de diciembre.
  • Trabajadores asalariados que hayan trabajado para dos o más patrones de manera simultánea o cuyos salarios provengan del extranjero o de personas no obligadas a retener.
  • Personas que obtuvieron ingresos distintos de salarios, como indemnizaciones, ingresos por jubilación o pensiones que excedan cierto monto, honorarios por servicios profesionales, ingresos por arrendamiento de bienes inmuebles, ingresos por venta o compra de bienes, intereses o dividendos, ingresos por servicios contratados a través de plataformas tecnológicas, entre otros.
  • Pequeños contribuyentes que tributan en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) con coeficiente de utilidad.
  • Contribuyentes del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO).

Pago en parcialidades

El SAT recordó que aquellos contribuyentes que deban pagar el ISR podrán realizarlo en parcialidades. Sin embargo, esta opción está sujeta a ciertas reglas que deben seguirse para que sea efectiva.

  • Declarar en tiempo y forma dentro del plazo legal establecido, es decir, del 1 al 30 de abril de 2024
  • El pago de la primera parcialidad debe realizarse dentro de este mismo periodo, y posteriormente, las siguientes parcialidades se pagan a más tardar el último día del mes al que correspondan.
  • Los pagos se realizan en las instituciones de crédito autorizadas, y existe la opción de realizar pagos anticipados si así se desea.
  • Fundamental cumplir con los plazos establecidos, ya que en caso de no cubrir en tiempo y forma las parcialidades, se cobrarán recargos por falta de pago oportuno.
  • La última parcialidad debe ser cubierta a más tardar el 30 de septiembre de 2024, incluyendo, en su caso, los recargos señalados anteriormente.

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