Se dice que

Una Reforma Constitucional pensada, promovida y elaborada de arriba hacia abajo no es buena idea. Es, francamente, no entender el signo de nuestros tiempos

Una Reforma Constitucional pensada, promovida y elaborada de arriba hacia abajo no es buena idea. Es, francamente, no entender el signo de nuestros tiempos. Cambiar para preservar el statu quo es una chapuza. Ojalá no sean esas las intenciones ni los alcances de la empresa a que ha convocado la LX Legislatura del Estado de México. Sin escuchar al pueblo todo continuará igual.

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Origen es destino. No es por joder, pero la fórmula para la integración del Secretariado Técnico para el Análisis de la Reforma Constitucional del Estado de México es desalentadora. Fue un reparto entre partidos: MORENA, PRI, PAN y hasta unos mendrugos para el PRD. Sin menosprecio por la trayectoria de quienes ahora la forman, no debería pasarse por alto que todos han sido parte de la burocracia electoral, administrativa o política. Mauricio Valdés Rodríguez, Rubén Islas Ramos, Carlos Alberto Pérez Cuevas, Palmira Tapia Palacios y Óscar Andrés Silva Macedo, son buenas personas, pero tienen una historia que no pueden ocultar: formaron o forman parte del régimen al que ahora quieren cambiar.

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Desde el origen y hasta la fecha, nuestra Constitución poco ha cambiado, no ha sido necesario, es francamente inagotable. Al paso de los años su esencia se preserva. No es que tengamos una mala constitución, el asunto está en su no aplicación. Su historia es muy bien resumida por uno de los hombres que quizá más sabe al respecto, Reynaldo Robles, en su “Historia de la Constituciones del Estado de México”, donde sintetiza la evolución:  I. Ley Orgánica Provisional para el Arreglo del Estado Libre, Independiente y Soberano de México del 6 de agosto de 1824. II. Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México del 14 de febrero de 1827. III. Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México del 12 de octubre de 1861. IV. Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, reformada el 14 de octubre de 1870. V. Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México de 1917. VI. Reformas a la Constitución, publicadas en la Gaceta de Gobierno del 27 de febrero de 1995. VII”. Deberían leerla los pretendidos reformadores de hoy.

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El proceso fundacional del Estado de México con su primera Constitución fue en buena medida derivada de la lucha por el poder entre las logias masónicas yorkinas y escocesas, ante la inexistencia de partidos, pero también por la contienda ideológica entre monarquistas, centralistas o conservadores contra republicanos, federalistas o liberales. El Instituto Literario del Estado de México –hoy Universidad Autónoma del Estado de México– fue simiente de las ideas progresistas, que finalmente se impusieron. Hoy es lamentable la ausencia de debate, de interés colectivo, en el proceso de reforma.

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Para una Reforma Constitucional de gran calado es necesario que primero se entienda porque en el Estado de México se viven vidas mucho más cortas que en cualquier lugar civilizado el planeta, más pobres, más tontas, más mezquinas y más desesperadas. Es una obra para mente brillantes, particularmente jurídicas.