Te decimos si es posible o no destituir al alcalde de Toluca como pide Morena

Los regidores acusaron al actual gobierno municipal, encabezado por Raymundo Martínez Carbajal, de actuar con violencia.

Recientemente, diversos miembros del Ayuntamiento de Toluca se han manifestado en contra de las acciones del alcalde Raymundo Martínez Carbajal, incluso han cuestionado su estado de salud mental y piden su destitución. Pero la pregunta es ¿se puede destituir a un alcalde de su cargo y, si sí, por qué motivos?

América Rivera Tavizón (segunda síndica), Mario Cardoso (décimo regidor) y Adán Piña (octavo regidor) dieron a conocer que recaban todos los elementos legales, políticos y sociales para exigir la destitución del alcalde y de los directivos de los encargados de la seguridad de Toluca.

Los regidores acusaron al actual gobierno municipal, encabezado por Raymundo Carbajal, de actuar con violencia, de manera represora y opaca para crear miedo y caos.

Para entender mejor: Pedirá Morena destitución de presidente municipal de Toluca por abusos de autoridad

Destitución de un alcalde

De acuerdo con el artículo 42 de la Legislación del Estado de México, la Legislatura, por acuerdo de las dos terceras partes de sus integrantes, podrá declarar la suspensión o desaparición de los ayuntamientos y suspender o revocar el mandato de sus miembros, siempre y cuando hayan tenido oportunidad suficiente para rendir las pruebas y hacer los alegatos que a su juicio convengan.

Las acusaciones contra el alcalde de Toluca y por lo que regidores piden su destitución se derivaron de los hechos violentos del pasado 4 de agosto. Elementos de la Policía municipal arrestaron a Mario Cardoso, décimo regidor de Morena, y a dos vecinos que realizaban una manifestación contra los parquímetros virtuales en Toluca.

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Desde la aprobación de los parquímetros por parte del ayuntamiento, vecinos se quejaron argumentando que trata de una imposición. Por lo que se mostraron desconcertados y enojados.

A las protestas se sumó el décimo regidor Mario Hernández Cardoso. Este indicó que no sabían de la colocación de más parquímetros, pues no es una política pública planeada.

Es una imposición del alcalde, no hay un acuerdo del Cabildo. Todo se está haciendo en lo oscurito, por eso se hace mal”, acusó.

Además, recodaron varios casos de violencia:

  • El despliegue de 40 policías para detener a 4 ciudadanos que exigían sus derechos de pago al inicio de la administración
  • Reestructuración administrativa que pisoteó los derechos humanos y laborales de los trabajadores, quitándoles su antigüedad
  • Amedrentamiento a ciudadanos de Cacalomacán para obligarlos a aceptar una caballeriza, en el que resultaron agredidas niñas y mujeres
  • La detención ilegal de su suegro, argumentando corrupción. Siendo que no existe carpeta en la Fiscalía
  • Violencia política de género contra la representante indígena
  • El desalojo violento de las comerciantes del parque Simón Bolívar
  • Actitud déspota, grosera e indiferente con los miembros del Cabildo

Ahora bien, según la Ley, los presidentes municipales no pueden:

  • Imponer contribución o sanción alguna que no esté señalada en la Ley de Ingresos u otras disposiciones legales.
  • Juzgar los asuntos relativos a la propiedad o posesión de bienes muebles o inmuebles o en cualquier otro asunto de carácter civil, ni decretar sanciones o penas en los de carácter penal.
  • Utilizar a los empleados o policías municipales para asuntos particulares.
  • Nombrar, contratar o promover directamente o por interpósita persona como servidores públicos a personas con quienes tengan parentesco consanguíneo hasta el cuarto grado, por afinidad o civil.

Según el artículo 46, a los miembros de los ayuntamientos se les podrá revocar su mandato por:

  • Ocasionar daños y perjuicios a la hacienda pública municipal, por el indebido manejo de sus recursos.
  • Atacar a las instituciones públicas, al funcionamiento normal de las mismas, a la forma de gobierno, a las garantías individuales o sociales; y a la libertad del sufragio.
  • Propiciar entre los miembros del ayuntamiento conflictos que obstaculicen el cumplimiento de sus fines o el ejercicio de sus respectivas competencias
  • Ordenar la privación de la libertad de las personas fuera de los casos previstos por la Ley.
  • Realizar cualquier acto u omisión que afecte derechos o intereses de la colectividad, altere seriamente el orden público o la tranquilidad y la paz social de los habitantes del municipio.

Desintegración de ayuntamiento en Edomex

En junio de 2018, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó destituir de su cargo al alcalde de Coacalco, Estado de México, Erwin Javier Castelán Enríquez, y a los integrantes del Cabildo. Los servidores públicos se negaron a pagar un adeudo de 4 millones 120 mil pesos a un empleado que fue despedido en 2012.