La Voluntad Anticipada es el derecho de cualquier persona a expresar por escrito qué tratamientos médicos aceptar o rechazar en caso de enfermedad terminal. El Instituto de Seguridad Social del Estado de México y Municipios (ISSEMYM) cuenta con 50 unidades médicas autorizadas para formalizar este documento.

¿Quiénes pueden gestionarla?
- Pacientes adultos que deseen planificar su atención médica.
- Menores de edad o personas sin capacidad de decisión: su representante legal puede realizarlo.

Beneficios de la Voluntad Anticipada en el ISSEMYM
- Tramitación gratuita en todas sus unidades médicas.
- Prioriza cuidados paliativos para aliviar el dolor y evitar sufrimiento innecesario.
- Evita intervenciones médicas desproporcionadas, optimizando recursos sanitarios.
- Incluye apoyo emocional para pacientes y familias durante el proceso.

El ISSEMYM, organismo adscrito al Gobierno del Estado de México, garantiza el respeto a la dignidad y autonomía de los pacientes. La Voluntad Anticipada no busca alterar el curso natural de la vida, sino asegurar una atención médica alineada con los deseos de cada persona.
En 2021, el Congreso Mexiquense aprobó, por unanimidad, reformas a la Ley de Voluntad Anticipada estatal y a otras disposiciones jurídicas, con el objetivo de garantizar el derecho de las personas a decidir y planificar de forma anticipada, digna y libre los tratamientos médicos que desea recibir o rechazar, derivados de una enfermedad terminal o un accidente.
Le los detalles en: Aprueban diputados reformas a la Ley de Voluntad Anticipada
Así, quien formule la Escritura de Voluntad Anticipada podrá designar de uno hasta tres representantes, los cuales deben aceptar dicho cargo en el mismo acto para que verifiquen su cumplimiento. Además, estipula que tendrán el mismo valor jurídico la Escritura y el Acta de Voluntad Anticipada, que puede llevarse a cabo en instituciones de salud públicas y privadas.

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