Anulan elección en distrito de Santo Tomás

En sesión pública celebrada este miércoles, los Magistrados que integran el pleno del  Tribunal Electoral del Estado de México, resolvieron nueve juicios de inconformidad y un juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano local, todos ellos, relacionados con los resultados de las elecciones a integrantes del Congreso local.  En relación a un […]

En sesión pública celebrada este miércoles, los Magistrados que integran el pleno del  Tribunal Electoral del Estado de México, resolvieron nueve juicios de inconformidad y un juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano local, todos ellos, relacionados con los resultados de las elecciones a integrantes del Congreso local. 

En relación a un asunto del distrito electoral Xl con cabecera en Santo Tomás, y tres relacionados con el XVlll de Tlalnepantla, -uno de ellos juicio ciudadano-, se hizo valer la nulidad de la votación recibida en diversas casillas, así como la nulidad de la elección en el primero de los mencionados y lo relativo a una supuesta negativa en el recuento de votos, en el segundo. 

Al respecto, los Magistrados declararon infundados los agravios; por los que se confirmaron las elecciones controvertidas.

Respecto a las elecciones de los distritos XVl Atizapán de Zaragoza, XXXVll  Tlalnepantla, XXlV  Nezahualcóyotl,  XXX Naucalpan y  XLlll en Cuautitlán Izcalli, en total se anuló la votación recibida en 74 casillas, en la mayoría de los casos, en razón de que los ciudadanos que actuaron como funcionarios de casilla no estaban habilitados para tal efecto, al no encontrarse en la lista nominal de la sección atinente a las casillas impugnadas. 

Como consecuencia de  lo anterior, en las sentencias se modificó el cómputo distrital y en todos los casos, se determinó que al no existir variación alguna en la posición de la fórmula que obtuvo el primer lugar en la elección, se confirmó la declaración de validez de las elecciones cuestionadas, así como la entrega de las constancias de mayoría que en su momento entregó la autoridad administrativa electoral a las fórmulas ganadoras. 

Por último, en diverso juicio de inconformidad relacionado con el distrito XXl con cabecera en Ecatepec de Morelos, se ordenó la rectificación del cómputo distrital en cinco casillas; por lo que al verificarse lo anterior y al no advertirse cambio de ganador, se confirmó la declaración de validez de la elección impugnada y la entrega de la constancia de mayoría atinente.