Toluca, Estado de México; 15 de agosto de 2019.- Con prisión de uno a cinco años y multa de 200 a 500 unidades de medida y actualización (UMA) (De 16 mil 898 pesos a 42 mil 245 pesos) se podría castigar en el Estado de Méxicoa quienes incurran en el llamado sexting, de aprobarse esta iniciativa en el pleno de la 60 Legislatura local, luego de que fue avalada por las comisionesunidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Procuración y Administración de Justicia.
De esa manera se busca tipificar como delito la publicación, difusión, exhibición o revelación de audios, textos, imágenes y grabaciones de voz o audiovisuales de naturaleza erótica, sexual o pornográfica sin el consentimiento del sujeto pasivo, por medio de cualquier tecnología de la información y la comunicación, según lo propone el proyecto de decreto a la iniciativa de reforma al Código Penal del Estado de México, que fue propuesto por la legisladora Karina Labastida Sotelo, del Grupo Parlamentario de Morena.

En el inicio de la reunión, presidida por la diputada María Mercedes Colín Guadarrama, Labastida Sotelo dio lectura al proyecto de decreto final, el cual, explicó, contiene las opiniones y aportaciones de los miembros de las comisiones. Añadió que el texto precisa que las reformas se inscribirían en el Título Segundo del Código Penal bajo el capítulo VI, que se denominaría “Violencia ejercida a través de las tecnologías de la información y la comunicación”.
Entre otros aspectos, destacó que en la entidad, el 75 por ciento de la población cuenta con un celular, y de estos, el 89.5% utilizan redes sociales por lo que replicar contenidos de esa naturaleza ya es algo cotidiano.
En reunión de ambas comisiones, el diputado Maurilio Hernández González, presidente de la Junta de Coordinación Política, reconoció la voluntad de sus integrantes para alcanzar este acuerdo, y señaló que una vez que se aplique en los hechos deberá dársele seguimiento para perfeccionarlo en la medida que sea necesario.

Agregó que la iniciativa pretende dar respuesta al tema actual del uso inadecuado de las tecnologías de la información y los medios como se practican esas conductas, las cuales, consideró, en el presente impactan sobre todo a los menores, y su ejercicio, en parte, se debe a la degradación social y la pérdida de valores.
De acuerdo con el proyecto, las penas mencionadas aumentarán hasta en una mitad cuando el sujeto activo sea o haya sido el o la cónyuge, concubina o concubinario, o haya tenido una relación sentimental, afectiva, de confianza, laboral o análoga con la víctima, o sea servidor público.
Para los casos en que una persona coaccione, hostigue o exija a otra la elaboración o remisión de este tipo de materiales, las penas serán de tres a siete años de prisión y multas de 200 a 400 UMA. Para los dos casos señalados, las penas se incrementarán hasta el doble cuando el delito se cometa contra un menor de 18 años o quien no tenga la capacidad de comprender el hecho.
El dictamen fue remitido a la presidencia de la Legislatura para su programación en el Pleno y su votación definitiva.
]]>


Síguenos