Dos años después… TRIFE exonera al PRI

Dos años después… la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que no hubo financiamiento paralelo, recursos de procedencia ilícita o compra y coacción del voto; con ello exoneró al PRI de las acusaciones de que la campaña presidencial de Enriique Peña Nieto se habría financiado de forma ilegal. El Pleno de este órgano señaló que la autoridad administrativa electoral debe reponer únicamente la investigación en lo relativo a los montos correspondientes a cada elección, a fin de subsanar las inconsistencias en la resolución del entonces Instituto Federal Electoral (IFE) sobre la clasificación que
febrero 20, 2015

Dos años después… la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que no hubo financiamiento paralelo, recursos de procedencia ilícita o compra y coacción del voto; con ello exoneró al PRI de las acusaciones de que la campaña presidencial de Enriique Peña Nieto se habría financiado de forma ilegal.

El Pleno de este órgano señaló que la autoridad administrativa electoral debe reponer únicamente la investigación en lo relativo a los montos correspondientes a cada elección, a fin de subsanar las inconsistencias en la resolución del entonces Instituto Federal Electoral (IFE) sobre la clasificación que se dio a esos gastos.

En este sentido, José Alejandro Luna Ramos, magistrado presidente de la Sala Superior, afirmó que los tiempos judiciales no se guían por los vaivenes políticos, yque el órgano colegiado que encabeza basa su actuación en los principios establecidos en la Constitución, según se informó en un comunicado de prensa.

El magistrado Luna Ramos para justificar la dilación de la resolución del tribunal, dijo que “no se trata de una demora, lo dejo muy claro, es el resultado de un análisis exhaustivo de los agravios hechos valer y una revisión de las pruebas presentadas que han llevado a esta resolución” y explicó que la resolución, en la que se ordenó al INE investigar el destino de 6.8 millones de pesos, se presentó tras un largo proceso de instrucción que permitió recibir elementos probatorios para una revisión minuciosa.

En la resolución se especificó que la autoridad electoral estimó correctamente que 50 millones 408 mil 891 pesos correspondieron al gasto de campañas electorales federales, pero los otros 6.8 millones de pesos fueron considerados como un gasto ordinario, sin otra fundamentación o motivación que la de la fecha en que se realizó la erogación, que fue después de la jornada electoral de julio de 2012.

Por tal razón ordenó al Instituto Nacional Electoral (INE) reunir la información necesaria para determinar el tipo de gasto  que representan los 6 millones 809 mil 718 pesos erogados por el Partido Revolucionario Institucional (PRI), en fecha posterior a la jornada comicial, a través de las tarjetas Monex Recompensa, que fue distribuido entre personal eventual que contrató con motivo del Proceso Electoral Federal 2011-2012 y sus representantes en los procesos locales del Distrito Federal y Jalisco.

Al resolver los recursos de apelación números 5, 10 y 11, que datan de 2013, los cuales fueron interpuestos por los Partidos Revolucionario Institucional (PRI), Acción Nacional (PAN), de la Revolución Democrática (PRD) y Movimiento Ciudadano (MC), para impugnar la resolución emitida por el Consejo General del entonces IFE, el Pleno de la Sala Superior validó el esquema de contratación que el PRI realizó con la empresa Alkino Servicios y Calidad, S.A. de C.V. para el pago del personal de dicho instituto político, así como de sus coordinadores territoriales, representantes generales, enlaces distritales y estatales, durante el proceso electoral federal de la pasada elección presidencial.

Síguenos

PUBLICIDAD

BOLETÍN

Únete a nuestra lista de correo

Como tú, odiamos el spam

Síguenos

Te recomendamos