“Sacó 5, que repita el año”. Esta especie de sentencia fue dictada durante muchos años a los alumnos desde la educación básica en México. Estamos hablando de una especie de sentencia moral y social que se arrojaba sobre niños de entre 7 y 12 años. A partir de ello pasaban a ser “los reprobados” y, con ello, se ponían en marcha varios mecanismos. El primero de ellos era un mecanismo de estigmatización: el niño/adolescente quedaba etiquetado, generando diversos efectos negativos en su autoestima y en las trayectorias escolares posteriores. Casi siempre era el anuncio temprano de su deserción escolar.
El segundo de los mecanismo era el de control social familiar: los padres del menor “que reprobó” no podían evitar la sensación de angustia y ansiedad por el estatus social del hijo y del propio grupo familiar. Era una especie de mancha que hacía recaer algún tipo de culpa en todos ellos. Y, el tercer mecanismo, está relacionado con el anterior: el de la meritocracia performativa, porque se asumía que el fracaso (o el éxito mediocre) es individual y merece sanción. El niño reprobado cargaba con toda la culpa, se deslindaban de responsabilidad el maestro, la escuela, la estructura de desigualdad socioeconómica, entre otros factores.
Bueno, pues hace apenas unos días este asunto llegó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que resolvió lo siguiente: a partir de segundo de primaria, los alumnos sí pueden repetir el año, pero ya no de forma «automática» por el simple hecho de faltar o tener un promedio bajo a mitad del ciclo. Dicho en otros términos: los maestros sí mantienen la facultad de evaluar y, en última instancia, asignar una calificación menor a la aprobatoria (que es 6), lo cual conllevaría que el alumno repita el año en primaria (a partir de 2º) y secundaria. Sin embargo, la ley los obliga a ellos y a las instituciones a agotar todas las opciones de regularización y apoyo antes de tomar esa medida, prohibiendo que se use la asistencia o una reprobación exprés para expulsar o retener a los niños en el sistema básico.
Reprobar será, entonces, la última medida. Antes, si un alumno faltaba a más del 20% de las clases, reprobaba en automático. Ahora -sentenció la SCJN- las faltas por sí solas no son motivo para reprobar al alumno. Se debe pesnar que el ausentismo suele deberse a problemas familiares o económicos, y castigar al niño con la reprobación solo provoca que abandone la escuela.
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En el caso de la secundaria, un alumno puede avanzar de grado debiendo hasta 4 materias del ciclo que ha cursado, pero la escuela está obligada a darle exámenes extraordinarios, cursos de recuperación o asesorías para que se ponga al corriente. Si acumula una 5ª materia reprobada y no se regulariza, entonces sí reprobará el año.
Si se le mira desde una perspectiva estrictamente pedagógica, esta resolución de la Suprema Corte y el modelo de la SEP no buscan «premiar la flojera», sino cambiar por completo el propósito de la evaluación en el aula. Se buscaría pasar de un enfoque punitivo (castigar al niño) a uno formativo (apoyar a corregir el camino).
Debe recordarse que la SCJN tuvo que intervenir luego de que una escuela particular solicitó un Amparo diciendo que la SEP (a través de su Acuerdo 10/09/23) ponían en riesgo la excelencia académica y la libertad de los planteles para establecer los propios criterios de evaluación. En consecuencia, lo que contienen la resolución de la Corte es un respaldo al Acuerdo de la SEP de eliminar la “reprobación automática”.
Creo que este tema mueve a varias reflexiones. Una de ellas tiene que ver con la orientación que como sociedad se le da a la escuela. ¿Es conveniente convertirla en un campo de batalla por el estatus? Detrás de una orientación así se esconde el miedo al descenso social, desconfianza en las instituciones educativas, individualización del fracaso y una concepción de la infancia/adolescencia como inversión de futuro más que como etapa de desarrollo de los niños y jóvenes.
El estigma que se cierne sobre “los reprobados” es, en el fondo, la expresión de una ansiedad colectiva ante la brecha creciente que se abre entre las promesas de la meritocracia educativa y las duras realidades de la estructura social mexicana. Ahora que la SCJN respalda que debe dejarse como último recurso el hacer repetir el año a los estudiantes, se abre el espacio para discutir qué es aquello que se le encomienda a las escuelas y a los maestros. ¿Se les pide ser los juzgadores que determinen con un número el premio o castigo a los estudiantes? ¿Se les pide ser los responsables del aprendizaje y desarrollo de los infantes y las juventudes? ¿Se les pide sólo mantener a los niños en la escuela en lo que los papás cumplen extensas jornadas laborales, como una especie de guardería?
La pedagogía moderna y la psicología educativa han demostrado con datos que hacer repetir el año a un niño de educación básica rara vez funciona para que éste se convierta en un estudiante de excelencia. Al eliminar la reprobación por ausentismo, se evita que los estudiantes de entornos más pobres (los más propensos a faltar por razones económicas) sean expulsados implícitamente del sistema.
Bueno, ahora que es absolutamente legal y constitucional (porque lo ha respaldado la SCJN) la eliminación de la reprobación automática es preciso decir que lo peor que podría pasar es que no interpretemos en el sentido de un cómodo pase automático que descarga de preocupaciones a estudiantes, maestros y padres de familia. Lo más conveniente sería asumir la determinación como la ruta para tejer una red de seguridad pedagógica para rescatar a tiempo a los alumnos rezagados, implementar medidas de nivelación, recuperación y atención temprana de debilidades del aprendizaje. Al retener a estos alumnos vulnerables dentro del sistema educativo, se les mantiene en el radar de la enseñanza activa. Si la escuela aprovecha esa retención para darles el apoyo personalizado que la ley ahora exige, a largo plazo se podría elevar el piso mínimo de aprendizaje del país.
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