Toluca, Estado de México; 13 de septiembre 2019.- El delito de homicidio con ensañamiento, crueldad o por odio manifiesto será sancionado con penas de 40 a 60 años de cárcel o hasta prisión vitalicia, y de 700 a 5 mil días-multa, establece un decreto de la 60 Legislatura mexiquense. Para esto se reformó el Código Penal de la entidad, a propuesta del Grupo Parlamentario de Morena, a través del diputado Mario Gabriel Gutiérrez Cureño.
De esa manera, se incluye mayores penas carcelarias cuando los homicidios y lesiones se cometan por odio o rechazo en contra de personas de la comunidad lésbica, gay, bisexual, transexual, transgénero, travesti e intersexual (LGBTTTI) y de quienes, por otras razones, como su edad, discapacidad, origen o identidad étnica y religiosa puedan ser víctimas.
Esta iniciativa forma parte de la agenda presentada ante la Legislatura por la Comunidad LGBTTTI y que retomaron los diputados de Morena. La iniciativa fue aprobada por las comisiones unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y Procuración y Administración de Justicia, desde el pasado 24 de abril.
Sin embargo fue apenas esta semana que lo avaló el pleno de la Legislatura mexiquense. Cabe señalar que a la propuesta original sufrió modificaciones al añadírsele los otros conceptos que incluye la definición de crímenes de odio y no solo por el aspecto sexual.
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